Economía

Colombianos podrían pensionarse antes gracias a una ley que suma semanas sin trabajar; hay un requisito

El beneficio aplica tanto para quienes ya están afiliados a Colpensiones como para quienes buscan trasladar su historial laboral.

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Colprensa/Mauricio Alvarado
El beneficio sigue vigente mientras avanza la discusión sobre el nuevo sistema pensional en Colombia. | Foto: COLPRENSA

8 de dic de 2025, 05:40 p. m.

Actualizado el 8 de dic de 2025, 05:40 p. m.

Aunque millones de colombianos se mantienen a la expectativa sobre el futuro de la reforma pensional, que está en el limbo, hay un beneficio vigente que permitiría que los trabajadores adelanten su acceso a la pensión de vejez o de invalidez antes de la edad establecida.

Y es que este mecanismo ya está contemplado en la legislación y da la posibilidad de sumar semanas adicionales sin necesidad de haber laborado durante ese tiempo, pero solo aplica para quienes cumplan un requisito específico.

Se trata de lo dispuesto en La Ley 1861 de 2017, que regula el servicio militar obligatorio y que establece que el tiempo prestado en filas puede sumarse como semanas cotizadas para efectos pensionales.

Esto aplica tanto para el régimen público administrado por Colpensiones como para los fondos privados, ahora llamados Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai), entre ellos Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia.

El artículo 45 de esta norma señala que el servicio militar será válido para la pensión de vejez, la pensión de invalidez, las cesantías, la asignación de retiro y la prima de antigüedad en entidades del Estado.

  Está en duda la capacidad de Colpensiones para manejar 24 millones de afiliados.
El reconocimiento de semanas por servicio militar puede ayudar a los afiliados de Colpensiones a completar más rápido las 1300 semanas exigidas. | Foto: guillermo torres-semana

En cuanto a la duración del servicio, esta depende del tipo de conscripción: 12 meses para bachilleres y 18 meses para quienes no lo son.

Para muchos colaboradores, estas semanas pueden ser definitivas al momento de completar el mínimo requerido para pensionarse. En el régimen público de prima media, el requisito es de 1300 semanas, por lo que sumar un año o año y medio adicional puede adelantar el cumplimiento siempre que la persona cuente con la certificación formal que acredita su paso por la fuerza pública.

Este beneficio también está disponible para quienes están afiliados a fondos privados, donde el cálculo de la pensión depende del capital ahorrado. La ley ordena que estas administradoras computen el tiempo de servicio militar para la pensión de vejez y la de invalidez, lo que permite integrarlo en la historia laboral del usuario.

Aunque aún se define la puesta en marcha del nuevo sistema pensional —que contempla que quienes ganan hasta 2,3 salarios mínimos coticen en el régimen público y el excedente vaya al componente complementario privado— este reconocimiento seguirá vigente, pues no depende de la reforma propuesta sino de una ley ya en vigor.

En un operativo entre el CTI y el Ejército se logró la incautación de dos toneladas de prendas y accesorios de las fuerzas militares.. (Colprensa - Diego Pineda)
El tiempo prestado en el servicio militar puede contarse como semanas cotizadas para pensión, según la Ley 1861 de 2017. | Foto: Diego Pineda

Los trabajadores interesados deben gestionar la certificación ante el Ministerio de Defensa, documento necesario para que Colpensiones o el fondo privado registre el tiempo correspondiente.

Comunicadora social y periodista multifuente graduada de la Universidad Santiago de Cali, con énfasis en política, gobierno y experiencia en presentación y radio.

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