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A llenar las vacantes

En momentos en que se apresta a decidir la suerte de los decretos, leyes y actos legislativos relacionados con los acuerdos del Gobierno Nacional y las Farc y aprobados mediante el procedimiento especial del fast track, la Corte Constitucional presenta varias vacantes.

27 de marzo de 2017 Por: Editorial .

En momentos en que se apresta a decidir la suerte de los decretos, leyes y actos legislativos relacionados con los acuerdos del Gobierno Nacional y las Farc y aprobados mediante el procedimiento especial del fast track, la Corte Constitucional presenta varias vacantes. Ante la especial situación que vive el país por esos acuerdos, lo aconsejable es que se definan los candidatos y se puedan llenar esos vacíos, para evitar más confusiones.

Es claro que dentro de los mecanismos aprobados por el llamado Acto Constitucional para la paz se han recortado las atribuciones del Congreso, los debates se han limitado y se han disminuido los plazos para tramitar las iniciativas que presente el Gobierno Nacional. Por esa razón, y teniendo en cuenta la trascendencia que para el futuro de las instituciones tienen las decisiones que se adopten, el ejercicio del control de legalidad debe ser realizado con la profundidad y la independencia que se requiere para garantizar la democracia.

Sin duda, esa función puede ser desempeñada por los magistrados que sean elegidos por la Corte Constitucional de manera provisional, para llenar las vacantes y por el tiempo que sea necesario. Sin embargo, también es cierto que las normas constitucionales y legales sobre la materia han fijado plazos para impedir en lo posible los vacíos que puedan afectar la jurisprudencia derivada de las sentencias expedidas por la Corte.

Es por eso que desde muchos sectores de la opinión pública se hacen reclamos sobre la necesidad de tener las ternas de candidatos necesarias para que el Senado elija a cuatro de los Magistrados que ejercerán el control constitucional, dos de los cuales deben ser propuestos por la Corte Suprema de Justicia y los otros dos por el Presidente de la República. Sin embargo, ese trámite se alarga debido a consideraciones que parecen influenciadas por razones políticas, lo que de confirmarse deja más de una inquietud al respecto.

Se sabe que la Corte Constitucional debió haber cumplido este encargo antes del mes de febrero del presente año. Sin embargo, ya es conocida la constante disputa interna entre sus integrantes, la que en muchas ocasiones impide elegir sus dignatarios y en otras ocasiones ha llevado a mantener interinidades en su propia nómina de Magistrados, lo que ha redundado en dificultades e interpretaciones que le hacen daño a la Justicia.

Por su parte, y aunque dos Magistrados están a pocos días de dejar sus cargos, el Gobierno Nacional apenas está adelantando un proceso que lleva a escoger seis de las 86 hojas de vida que se presentaron. Todo indica que se producirán vacantes que dejarán a la Corte Constitucional con solo cinco de sus integrantes con carácter de permanentes.

Por supuesto, tanto la Corte Suprema como el Presidente de la República deben ser respetados en el ejercicio de esa atribución, además de que no se puede desconocer la idoneidad de quienes actúen en carácter de interinos. Pero no está de más advertir que con ello se siembran dudas innecesarias, la más importante es la de no ponerse de acuerdo por razones políticas.

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