Impunidad de rebaño

En el caso de los funcionarios, su sacada violenta fue explicada por un líder Emberá en que no era claro el objeto del censo y que la acción de la alcaldía no estuvo precedida de un reconocimiento de la identidad del pueblo indígena y sus valores ancestrales.

GoogleSiga a EL PAÍS en Google Discover y no se pierda las últimas noticias

Menudo problema el que se armó en Bogotá con la comunidad Emberá; están en entredicho las bases conceptuales y la validez constitucional de la jurisdicción indígena, además ser un desafío gravísimo a la vigencia de la ley general, la que se aplica a todos los ciudadanos sean o no indígenas.

No se trata únicamente del homicidio de Hildebrando Rivera luego de que él matara en un accidente de tránsito a una indígena y su hija. A eso se suma la agresión a unos funcionarios que se disponían a hacer un censo a la población Emberá que ocupa el espacio público del Parque Nacional.

La forma tumultuosa y violenta en que murió Rivera fue una venganza iracunda de los indígenas y es la negación de la justicia procesal organizada. Había razón para la ira, pero los sistemas de justicia existen para que los conflictos tengan reglas, procesos y las consecuencias se sepan de antemano. En eso consiste cualquier estado de derecho.

En el caso de los funcionarios, su sacada violenta fue explicada por un líder Emberá en que no era claro el objeto del censo y que la acción de la alcaldía no estuvo precedida de un reconocimiento de la identidad del pueblo indígena y sus valores ancestrales.

Ambos episodios sucedieron en Bogotá, a donde los Emberá llegaron desplazados por la violencia en las tierras de sus resguardos. Estamos ante un serio conflicto entre el tipo de Estado y de ley vigentes para todos los ciudadanos y el excepcional de las comunidades ancestrales.
Sin embargo en el caso del conductor no hubo justicia indígena, simplemente venganza. En el caso de los funcionarios del distrito tampoco hubo justicia indígena, sino la resistencia evidente a la aplicación de un procedimiento de identificación de la población que ocupa el Parque Nacional para aplicar las políticas estatales que buscan reducir los efectos del desplazamiento.

Es equivocado entender la justicia indígena como una burbuja que repele el derecho y la ley nacionales por donde quiera que vaya, suplantando al Estado y creando áreas de exclusión de los demás ciudadanos. Que en Bogotá se termine aplicando la ley indígena a personas que no hacen parte de la comunidad, o que los indígenas vayan a ser juzgados por las normas y procesos comunitarios cuando se trata de un hecho por fuera de la comunidad, ciertamente con víctimas de ella, pero con un victimario que no la integra excede su justificación, la muerte del señor Rivera no puede ser juzgada con los parámetros de la justicia indígena.

El descuaderne se veía venir, desde que la jurisprudencia constitucional y la penal pasaron a la jurisdicción indígena actos delictivos protagonizados por indígenas, pero que no tienen qué ver con su identidad como comunidad, por la única razón de su raza. La idea subyacente de que los indígenas deben tener su jurisdicción es que la ley nacional no está capacitada para entender los procesos de ajuste internos de ellos y aplicar las sanciones que son proporcionales para la comunidad y por eso es excepcional. Por fuera de los límites de validez de la jurisdicción indígena, todos deben atenerse a la ley nacional y respetarla, o asumir las consecuencias que esa ley asigna a los demás ciudadanos.

El reto es gigante, porque ya hay una investigación sobre la muerte de Rivera y las autoridades dependen de los indígenas para siquiera dar el primer paso de identificar a los autores. Adivinen qué nombre tiene para cualquier otro ciudadano no indígena, esconder al autor de un delito o impedir la acción de la autoridad para identificarlo.

Regístrate gratis al boletín de noticias El País

Descarga la APP ElPaís.com.co:
Semana Noticias Google PlaySemana Noticias Apple Store

AHORA EN Guillermo Puyana Ramos