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¿Quiere obtener la ciudadanía italiana?; estos son los requisitos que solicita la Embajada para los colombianos
Conozca los documentos que debe aportar.

11 de may de 2025, 07:33 p. m.
Actualizado el 11 de may de 2025, 07:33 p. m.
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En Italia existe el principio “iure sanguinis”, el cual reconoce la nacionalidad a los descendientes directos de personas italianas, por lo que es una buena opción obtener la ciudadanía para quienes tiene vínculos de sangre.
Cabe mencionar que en algunos casos el trámite depende de los apellidos de la persona con el fin de identificar la genealogía del solicitante.
Según el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de Italia en Bogotá, los colombianos que quieran la ciudadanía debe demostrar algunos aspectos:

- Por línea paterna: El antepasado italiano (nacido en Italia y luego emigrado al extranjero) no debe haber fallecido antes del 17 de marzo de 1861. Ni él ni sus descendientes directos deben haber perdido o renunciado a la ciudadanía italiana.
- Por línea materna: Los hijos de una ciudadana italiana reciben la ciudadanía solo si nacieron a partir del 1º de enero de 1948. Ni ella ni sus descendientes deben haber perdido o renunciado a la ciudadanía italiana.
La Oficina resalta que “antes de presentar la solicitud de ciudadanía, el interesado debe reunir toda la documentación necesaria para probar su descendencia de un antepasado italiano y que la cadena de transmisión de la ciudadanía no se ha interrumpido”.
Estos son los documentos que se necesitan
El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de Italia señala que los ocho documentos solicitados son los siguientes:

- Formulario de solicitud de transcripción de su acta de nacimiento. Este se encuentra en el sitio web oficial de la Embajada.
- Árbol genealógico con fechas de nacimiento, matrimonio y muerte de todos los miembros de la cadena de transmisión de la ciudadanía.
- Extracto del acta de nacimiento del primer ascendente italiano (nacido en Italia y luego emigrado al extranjero). Este documento debe ser solicitado directamente por el interesado (no por la Embajada) a la Alcaldía italiana de nacimiento del ascendente.
- Acta de matrimonio original del antepasado italiano. Si el matrimonio no se celebró en Italia, el documento debe estar acompañado de apostilla, traducción y apostilla de la traducción emitidos en el país donde se celebró el matrimonio.
- Acta de defunción original del antepasado italiano con apostilla, traducción y apostilla de la traducción.
- Actas de nacimiento, matrimonio y defunción de todos los descendientes en línea directa que figuran en el árbol genealógico. Los documentos deben presentarse en original y deben solicitarse en el país donde fueron registrados, con apostilla, traducciones y apostilla de las traducciones.
- Certificado de no naturalización del antepasado italiano emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores colombiano (o del país al que emigró) que declare que el ascendente italiano no obtuvo la ciudadanía del país de emigración.

- Recibo original de pago de los derechos consulares por el monto en Pesos correspondiente al art. 7B de la tabla de derechos consulares.
Esta información ampliada se encuentra disponible en el apartado se ‘ciudadanía italiana’ en el sitio web oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de Italia.
Comunicadora social de la Universidad Santiago de Cali. He sido reportera en temas étnicos, tengo experiencia como periodista comercial y judicial. Disfruto la moda, las tendencias y soy apasionada por la lectura, el café y las buenas historias.