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Qué pasa si cotiza más de 1.300 semanas para pensión en Colombia: la fórmula para aumentar el valor de su mesada
En los fondos privados, el beneficio se traduce en más capital acumulado en la cuenta individual, lo que puede resultar en una mesada más alta.
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15 de feb de 2026, 10:43 p. m.
Actualizado el 15 de feb de 2026, 10:43 p. m.
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Llegar o superar las 1.300 semanas cotizadas para pensión de vejez en Colombia, equivalentes a unos 25 años de aporte, es crucial para quienes se aproximan a la jubilación. Sin embargo, una duda común entre miles de trabajadores es qué sucede si después de alcanzar ese mínimo continúan trabajando y cotizando.
En el Régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones, el sistema público de pensiones en Colombia, el cálculo de la mesada pensional se estructura a partir del Ingreso Base de Liquidación (IBL), que es el promedio de los salarios sobre los cuales cotizó el afiliado durante los últimos 10 años de su vida laboral. Sobre ese promedio se aplica un porcentaje de reemplazo que define cuánto recibirá mensualmente un pensionado.

Una vez completadas las 1.300 semanas mínimas y la edad requerida (57 años para mujeres y 62 años para hombres), el solicitante puede iniciar el trámite pensional. Si se cotizó más de lo establecido, cada 50 semanas adicionales trabajadas, el porcentaje que se aplica al IBL aumenta 1,5 puntos porcentuales.
Esto significa que si alguien alcanza el mínimo exigido con una tasa de reemplazo del 60%, y continúa cotizando otros cinco años (alrededor de 250 semanas), su porcentaje puede subir hasta 67,5% de su IBL.
Este proceso continúa hasta que el porcentaje alcanza un tope máximo del 80%, fijado por la normativa colombiana. Una vez alcanzado este tope, cotizar semanas extras ya no sigue elevando el porcentaje, aunque sí puede influir en el promedio salarial si los ingresos recientes son más altos.
Aunque el aumento es proporcional a los salarios del afiliado, y por tanto quienes tuvieron ingresos más altos verán una pensión más alta en pesos, el mecanismo aplica para todos. Para quienes cotizan sobre el salario mínimo, la ley garantiza que la pensión no puede ser inferior al salario mínimo legal vigente, lo que actúa como un piso de protección.

El panorama es distinto en los fondos de pensiones de ahorro individual. En este régimen, no existe una fórmula similar de porcentaje creciente por semanas cotizadas. Cada afiliado tiene una cuenta individual donde se acumulan sus aportes y los rendimientos de las inversiones.
Por ello, cotizar más tiempo significa mayor capital acumulado, lo que puede traducirse en una pensión mensual más alta si el monto total alcanzado permite financiarlo.
En este esquema, además, las personas que reúnen más de 1.150 semanas cotizadas pero no tienen suficiente capital pueden acceder a una garantía mínima de pensión, siempre que cumplan los requisitos legales adicionales.
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