Economía
¿Debe declarar renta? Estos ciudadanos tienen plazo del 28 de septiembre al 2 de octubre
Desde el pasado 12 de agosto de 2026 comenzó el calendario para las personas naturales y finalizará el 26 de octubre de este mismo año.
Siga a EL PAÍS en Google Discover y no se pierda las últimas noticias


27 de sept de 2026, 02:06 p. m.
Actualizado el 27 de sept de 2026, 02:06 p. m.
Noticias Destacadas
El calendario para la declaración de renta de las personas naturales continúa avanzando en Colombia. Durante esta semana, varios contribuyentes deberán cumplir con la presentación correspondiente al año gravable 2025 ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
Hace más de un mes que comenzó la declaración de ingresos para personas naturales, la cual está organizada en el calendario de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente, sin incluir el dígito de verificación.
En ese sentido, para la semana comprendida entre el lunes 28 de septiembre y el viernes 2 de octubre, el proceso de declaración será así:
- 28 de septiembre: NIT que finalicen en 65 y 66.
- 29 de septiembre: NIT que finalicen en 67 y 68.
- 30 de septiembre: NIT que finalicen en 69 y 70.
- 1 de octubre: NIT que finalicen en 71 y 72.
- 2 de octubre: NIT que finalicen en 73 y 74.

Estos plazos corresponden a la fecha máxima establecida por la DIAN para presentar y pagar, cuando corresponda, la declaración de renta del año gravable 2025. El calendario general para personas naturales se extiende hasta el 26 de octubre de 2026.
¿Quiénes deben declarar renta?
De acuerdo con los requisitos establecidos por la Dian, las personas naturales que deben declarar renta tienen que cumplir con al menos algunas de las siguientes condiciones:
- Tener un patrimonio bruto superior a 4500 UVT ($224.095.500) a 31 de diciembre de 2025.
- Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1400 UVT ($69.718.600) durante el año 2025.
- Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1400 UVT ($69.718.600) durante el año 2025.
- Haber realizado compras y consumos totales superiores a mil cuatrocientas, 1400 UVT, $69.718.600) durante el año 2025.
- Haber realizado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a mil cuatrocientas 1400 UVT ($69.718.600) durante el año 2025.
- Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2025.

Además, existen otros casos en los que también se debe cumplir con este requerimiento; por ejemplo, aplica para aquellos que sean responsables del IVA, los trabajadores independientes obligados a llevar contabilidad o aquellos que hayan sido requeridos directamente por la Dian.
De ser requerido por la entidad y no cumplir con la obligación tributaria, las personas pueden enfrentar sanciones económicas. Para 2026, la sanción mínima por no declarar o presentar el informe por fuera de los plazos establecidos es de 10 UVT, es decir, cerca de $524.000, sumado a intereses y otras penalidades que varían con cada caso.

Comunicadora social con experiencia en comunicación organizacional, creación de contenido digital y redacción periodística y corporativa.
6024455000









