Economía
¿Tiene saldo a favor de su declaración de renta en la Dian?; así puede reclamarlo
Este trámite exige tener la documentación al día y cuyo desembolso puede tardar entre 15 y 50 días.
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21 de sept de 2026, 07:44 p. m.
Actualizado el 21 de sept de 2026, 07:44 p. m.
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Tener un saldo a favor en la declaración de renta no significa que la Dian le vaya a consignar la plata automáticamente. Si quiere recuperar ese dinero o usarlo para saldar otros impuestos, le toca realizar el trámite formal de devolución o compensación antes de que se cumplan los plazos fijados por la ley.
Ese saldo aparece cuando las retenciones o anticipos que le hicieron durante el año superan el impuesto real que debía pagar. Para solicitarlo, tiene exactamente dos años de plazo contados desde la fecha de vencimiento de la declaración.

Antes de empezar el proceso, asegúrese de tener el RUT actualizado, una certificación bancaria no mayor a un mes y los soportes de las retenciones del periodo. Si cuenta con firma electrónica, el trámite se radica en la página de la Dian; de lo contrario, le toca presentarlo de forma presencial en la seccional que le corresponda.
Dentro del sistema deberá diligenciar el formato 1220 por cada año que sume al saldo acumulado. Conviene revisar cada campo con atención: si envía un formulario con errores, el sistema no le permitirá borrarlo y tendrá que hacer un nuevo reporte para corregirlo.
Si el saldo no supera las 1.000 UVT (equivalentes a $52.374.000 en 2026), la entidad le consignará el dinero directamente a su cuenta de ahorros o corriente.
Los tiempos de respuesta cambian según la modalidad de la solicitud. Con la devolución automática, el desembolso tarda cerca de 15 días, mientras que con garantía toma 20 días y mediante el trámite ordinario puede extenderse hasta 50 días. Al final, usted elige si prefiere recibir el dinero en su cuenta o solicitar una compensación para cruzar esa plata frente a deudas pendientes por otros impuestos, sanciones o intereses.

Cabe recordar que el calendario tributario de la Dian para personas naturales avanzó en septiembre con la asignación de fechas específicas según los últimos dígitos del NIT. Este grupo de vencimientos forma parte del cronograma general dispuesto para el año gravable 2025, cuyas fechas de presentación iniciaron el 12 de agosto y se extenderán de manera progresiva hasta el 26 de octubre de 2026.
Durante el transcurso del mes de septiembre, la programación arrancó el primer día hábil con los dígitos 27 y 28 y se proyectó hasta el 28 de septiembre para los documentos finalizados en 65 y 66. En la semana del 21 al 25 de septiembre, los plazos aplican diariamente para dos dígitos específicos: el lunes 21 corresponde a las cédulas finalizadas en 55 y 56; el martes 22 a las terminadas en 57 y 58; el miércoles 23 a las 59 y 60; el jueves 24 a las 61 y 62; y el viernes 25 a los NIT que concluyen en 63 y 64.
Periodista de la Universidad Católica de Cali con 7 años de experiencia en medios de comunicación. Apasionado por la política y amante del deporte, siempre en busca de nuevas historias que contar.
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