Economía

Declaración de renta 2026: estas son las cédulas que deben declarar en septiembre ante la Dian

La terminación de la cédula o del NIT determina la fecha límite, pero no establece por sí sola la obligación de declarar.

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Declaración de renta 2020
Las personas naturales podrán verificar su responsabilidad fiscal mediante las herramientas digitales oficiales. | Foto: SEMANA

16 de sept de 2026, 10:13 p. m.

Actualizado el 16 de sept de 2026, 10:13 p. m.

Septiembre continúa siendo un mes clave para los contribuyentes que deben presentar su declaración de renta en Colombia, en relación con el año gravable 2025 (es decir, el historial financiero comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025).

De acuerdo con el calendario tributario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), las personas naturales cuyos dos últimos dígitos del NIT estén entre el 27 y el 66 tienen vencimientos durante este periodo.

Cabe destacar que las fechas de asignación se aplican según los dos últimos números del NIT, sin incluir el dígito de verificación. En muchos casos, estos coinciden con los últimos dígitos de la cédula registrada en el RUT.

Ante lo expuesto, estas son las fechas pendientes para presentar la declaración de renta para el mes de septiembre:

  • 15 de septiembre: 47 y 48
  • 16 de septiembre: 49 y 50
  • 17 de septiembre: 51 y 52
  • 18 de septiembre: 53 y 54
  • 21 de septiembre: 55 y 56
  • 22 de septiembre: 57 y 58
  • 23 de septiembre: 59 y 60
  • 24 de septiembre: 61 y 62
  • 25 de septiembre: 63 y 64
  • 28 de septiembre: 65 y 66
Dian
Los contribuyentes deberán verificar si cumplen los topes establecidos por la DIAN para presentar la declaración de renta y evitar sanciones por extemporaneidad. | Foto: Colprensa

Se debe tener en cuenta que la entidad llama a declarar renta si tiene un patrimonio bruto superior a 4500 UVT ($224.096.000) a 31 de diciembre de 2025, tuvo ingresos brutos iguales o superiores a 1400 UVT ($69.719.000) durante ese mismo año, realizó consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1400 UVT ($69.719.000), realizó compras y consumos totales superiores a mil cuatrocientas 1400 UVT ($69.719.000) o efectuó consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a mil cuatrocientas 1400 UVT ($69.719.000).

Gobierno amplía plazo de declaración a personas afectadas por el terremoto

El Gobierno nacional publicó para comentarios dos proyectos de decreto para mitigar los efectos causados por el sismo del pasado 10 de agosto sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras de la ciudadanía.

Uno de los proyectos establece plazos especiales para la declaración y pago del impuesto sobre la renta y complementarios de personas naturales y sucesiones ilíquidas con vencimientos para el mes de agosto.

El proceso de consulta se puede realizar de forma rápida y directa a través del portal web de la entidad.
El proceso de consulta se puede realizar de forma rápida y directa a través del portal web de la entidad. | Foto: Captura de pantalla

La DIAN enfatizó que esta medida transitoria cobija únicamente a los contribuyentes que a 10 de agosto de 2026 tuvieran su domicilio fiscal en municipios como Cali, Palmira, Tuluá, Buenaventura en Valle, o hagan parte de los departamentos de Risaralda, Quindío, Caldas, Chocó y Cauca.

Estas personas tendrán plazos especiales que irán desde el 27 de octubre hasta el 13 de noviembre, los cuales fueron asignados según sus últimos dígitos del NIT de su RUT y deberán ser consultados en la página oficial de la DIAN.

*Con información de Colprensa.

Comunicadora social con experiencia en comunicación organizacional, creación de contenido digital y redacción periodística y corporativa.

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