Economía
Aumento salarial en Colombia 2026: empresas deberán cumplir negociación para subir sueldos a estos trabajadores
Los aumentos para salarios superiores al mínimo deben determinarse principalmente a través de mecanismos como la negociación colectiva.
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22 de abr de 2026, 08:23 p. m.
Actualizado el 22 de abr de 2026, 08:23 p. m.
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En Colombia las empresas no están obligadas a incrementar el sueldo a los empleados que devengan más de un salario mínimo excepto ciertos casos.
Cada año, en Colombia, tanto las entidades públicas como las empresas privadas están obligadas a ajustar el salario de los trabajadores que devengan el mínimo legal. Este incremento se define en el marco de una negociación entre representantes de las centrales obreras y los gremios empresariales, con el Gobierno Nacional actuando como mediador y garante del proceso.
Una vez se alcanza un acuerdo, el porcentaje es oficializado mediante decreto. Sin embargo, cuando no se logra consenso entre las partes, corresponde al Ejecutivo fijar el aumento.
Esto fue precisamente lo que ocurrió para el presente año (2026), cuando el presidente Gustavo Petro, determinó un incremento del 23% en el salario mínimo. De esta manera, el ingreso básico mensual pasó de $1.423.000 a $1.750.905, sin incluir el auxilio de transporte. Esta decisión buscó responder a las condiciones económicas del país y al impacto del costo de vida sobre los trabajadores.

En contraste, el panorama es diferente para quienes perciben salarios superiores al mínimo. En estos casos, el sino que depende, en gran medida, de la voluntad del empleador o de lo que se haya pactado previamente. No obstante, existen circunstancias en las que estos trabajadores también pueden acceder a ajustes salariales obligatorios.
Según lo establecido por la Sentencia T-141 de 2022 de la Corte Constitucional, los aumentos para salarios superiores al mínimo deben determinarse principalmente a través de mecanismos como la negociación colectiva, los acuerdos individuales o las políticas internas de cada organización. Por ejemplo, cuando una convención colectiva de trabajo, es decir, un acuerdo formal entre la empresa y un sindicato contempla incrementos salariales, estos deben cumplirse de manera obligatoria.
De igual forma, los pactos suscritos entre empleadores y trabajadores no sindicalizados también pueden establecer condiciones de ajuste salarial. En estos casos, las disposiciones aplican únicamente a quienes hayan firmado el acuerdo o se adhieran posteriormente, conforme a lo previsto en el Código Sustantivo del Trabajo.
Adicionalmente, si el contrato laboral incluye cláusulas específicas de incremento, como reajustes anuales basados en el Índice de Precios del Consumidor (IPC), el empleador está en la obligación de respetarlas. Este tipo de disposiciones busca proteger el poder adquisitivo del trabajador frente a la inflación.

Aunque la legislación laboral no impone de forma expresa la obligación de aumentar salarios por encima del mínimo, la Corte Constitucional ha señalado que estos no deben perder su capacidad adquisitiva de manera desproporcionada. En consecuencia, cuando existen acuerdos o condiciones previamente pactadas, las empresas deben cumplir con los incrementos correspondientes.

Comunicadora Social - Periodista de la Universidad Autónoma de Occidente, con amplia experiencia en periodismo regional, comercial y desde hace tres años trabajo en la sección de economía.
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