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Reglas para comicios de 2022 están en el limbo | Foto: El País

ELECCIONES

Nuevo Código Electoral sigue en el limbo, ¿qué ha demorado su entrada en vigencia?

Partidos le piden celeridad a la Corte Constitucional en el estudio de la legalidad del nuevo Código Electoral.

24 de septiembre de 2021 Por: Laura C. Peralta Giraldo, reportera de El País

A seis meses de las elecciones para el Congreso de la República y a ocho de las presidenciales, los colombianos todavía no conocen todas las reglas de juego que regirán esos comicios.

Lo anterior porque la Corte Constitucional no ha terminado de revisar la legalidad del nuevo Código Electoral que el Legislativo aprobó en diciembre pasado y que en marzo llegó al alto tribunal para su visto bueno.

Y es que la nueva reglamentación incluye modificaciones como la posibilidad de ampliar el horario de los comicios y la exigencia de que haya paridad de género en las listas de aspirantes al Congreso, por lo que los partidos políticos urgen conocer si estas medidas estarán vigentes para el próximo año o no.

“Tiene consecuencias en la apuesta de modernizar y hacer más eficiente el sistema electoral, en usar tecnologías de la información, se consagran normas de voto electrónico e identificación biométrica de los ciudadanos, luego de 34 años de funcionar con el mismo sistema electoral”, explica sobre el nuevo Código la representante a la Cámara vallecaucana por el Partido de la U, Norma Hurtado Sánchez.

Agrega que igualmente se prorrogan medidas que buscan la inclusión de comunidades diversas (Lgbtiq, personas en condición de discapacidad) en la selección de candidaturas, así como en los órganos y mecanismos de democracia interna de las fuerzas políticas.

Desde la Corte Constitucional se ha dicho que la revisión se ha demorado porque la agenda de los magistrados ha estado copada por temas como la reforma a la cadena perpetua y las recusaciones a algunos de los togados.

Pero también se ha conocido que al interior del alto tribunal hay distintas posiciones con respecto a la legalidad de la forma y los tiempos en los que fue aprobado el Código Electoral en el Congreso (ver nota anexa).

Sin embargo, organizaciones como la Misión de Observación Electoral (MOE) y los propios partidos políticos han coincidido en solicitar celeridad con respecto al fallo de legalidad de la nueva reglamentación para evitar incertidumbres frente a los comicios programados para el próximo año.

De hecho, en días pasados la MOE le dirigió una carta a la Sala Plena de la Corte Constitucional en la que pidió darle discusión pronta al Código porque el país requiere conocer cuáles normas podrán entrar en vigencia en el 2022.

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“Entiendo que el estudio de esta norma, que no se modifica hace 30 años, debe ser juiciosa y extensa. Sin embargo, en este momento es necesaria una pronta respuesta por parte de la Corte Constitucional. Pues solo con esta norma podrán hacerse unas elecciones legítimas”, afirmó Alejandra Barrios, directora de la Misión.

De igual forma, la representante por el Valle del Cauca del Partido Alianza Verde, Catalina Ortiz manifestó su preocupación por no conocer estas reglas de juego electorales cuando faltan tan solo dos meses para iniciarse la inscripción de las candidaturas tanto a la Cámara como al Senado ante las autoridades electorales del país.

“No sabemos si va a aplicar la paridad en la lista, si el voto electrónico ya va a estar vigente. Hay muchos aspectos del Código Electoral, que es bastante extenso, de los que necesitamos tener certeza para que la contienda se dé sobre cosas ciertas y decididas y no sobre incertidumbres”, afirmó la congresista.

Por su parte, el politólogo Fernando Giraldo considera que lo importante es que la Corte revise la nueva reglamentación antes de que empiece la campaña formalmente, recordando que, según él, en Colombia ya se han cambiado las reglas de juego en medio de la contienda electoral.

“En 2003, a escasos once días de cerrarse las inscripciones de candidatos, se reglamentó el Acto Legislativo. En el 2011, el 13 de julio, a escasos doce días de cerrarse las inscripciones de candidatos, el Presidente sancionó la Ley 1475, cambiando las reglas de juego”, asegura el analista.

Christian Garcés, representante a la Cámara por el Centro Democrático desde el Valle del Cauca, espera que el Código Electoral sea aprobado para ampliar el Censo Nacional, desde donde se escogerían aleatoriamente ciudadanos para participar como jurados de votación.
Esto porque le preocupa que “las directivas de Fecode (la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación) expresaron públicamente que lucharán contra algunos líderes y partidos políticos”.

“Si el nuevo Código Electoral no es aprobado por la Corte, esperamos entonces que el Registrador Nacional acoja nuestra propuesta de que todos los docentes de Fecode sean excluidos de ser jurados”, añade el congresista.

No obstante, algunas voces sostienen que la nueva reglamentación electoral debería entrar a regir después de los comicios de 2022.
“El Código Electoral sin duda trae algunas actualizaciones convenientes al proceso electoral, como la extensión del horario de votación, pero son asuntos menores que, de declararse inequexibles, no pasaría nada”, dice el analista político Jhon Mario González.

Añade que el sistema electoral colombiano históricamente ha demostrado su fortaleza y que la situación actual es “un mensaje más bien para el Congreso, para que no apruebe reformas electorales a la carrera y en la víspera de elecciones, con lo cual le echa la carga a la Corte Constitucional”.

En ese sentido, también está la posibilidad de que el alto tribunal solamente declare exequibles algunos artículos de la nueva reglamentación, lo cual significaría igualmente una luz verde para que los partidos y movimientos políticos sepan cómo asumir la contienda del 2022.

Se espera que la Corte Constitucional falle frente a la legalidad del Código Nacional Electoral en las próximas semanas, para así, la ley poder ser sancionada por el Presidente.

Las dudas jurídicas sobre el trámite

Uno de los puntos de discusión frente a la exequibilidad del nuevo Código Electoral al interior de la Corte Constitucional es si fue legal o no legal que este se aprobara por el Congreso en sesiones extras.

Sin embargo, un concepto de la Procuraduría General de la Nación asegura que el trámite legislativo se adecuó a las reglas constitucionales y fue adelantado conforme al procedimiento especial estatutario, es decir, en una sola legislatura y con la mayoría absoluta tanto en Cámara como en Senado.

Según el Ministerio Público, un proyecto de ley estatutaria sí puede ser aprobado en los recesos de la legislatura, “siempre que el Gobierno Nacional realice la convocatoria correspondiente a sesiones extras”.

Asimismo, la Procuraduría también le solicitó a la Corte Constitucional que le otorgue prelación al trámite de revisión de la norma.

“Dada la trascendencia social de los comicios para la democracia colombiana y, en especial, ante la proximidad de las elecciones parlamentarias y presidenciales del 2022, es imperioso un pronunciamiento oportuno sobre el cuerpo normativo a efectos de evitar inseguridad jurídica en el desarrollo de las mismas”.

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez es quien está a cargo de la revisión del Código Electoral, por lo que ha venido estudiando los 252 artículos que contiene.

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Detalles sobre el código electoral

Según se ha conocido, en un primer borrador de ponencia que se maneja en la Corte Constitucional, el magistrado ponente, Jorge Enrique Ibáñez, estaría dando vía libre al articulado aprobado por el Congreso.

De la misma forma se sabe que los togados Alejandro Linares y Alberto Rojas Ríos serían quienes se opondrían a la constitucionalidad del Código.

La misión de la Corte Constitucional es definir si el contenido y la forma cómo se aprobó la nueva reglamentación están ajustadas a la Constitución, como requisito previo a la sanción presidencial.

El magistrado Ibáñez recibió cerca de 40 intervenciones pidiendo ajustes al Código en la revisión del sorteo de los jurados de votación, la exclusión de los movimientos sin personería jurídica y la calificación de actividades de registro civil y procesos electorales como “de seguridad y defensa nacional”.

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