Colombia
Corte Constitucional definió la fecha en la que comenzará a regir la nueva reforma pensional en Colombia
Aunque el alto tribunal avaló la esencia de la reforma pensional, la Cámara deberá corregir vicios de trámite.
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26 de ago de 2026, 05:01 p. m.
Actualizado el 26 de ago de 2026, 05:01 p. m.
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La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que el 1 de abril de 2027 será el día de entrada en vigencia del nuevo sistema pensional en Colombia, impulsado desde el gobierno Petro, pero que solo fue avalado por la Corte al inicio del gobierno de De la Espriella.
Sin embargo, la implementación definitiva de la norma quedó condicionada a un procedimiento de subsanación en el Congreso de la República.
El alto tribunal ordenó devolver a la Cámara de Representantes nueve artículos que presentan vicios de procedimiento vinculados a proposiciones de los congresistas que no se tramitaron correctamente.

El legislativo dispondrá de un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la notificación oficial de la sentencia, para corregir exclusivamente los aspectos de forma señalados por los magistrados. Una vez concluido dicho término, la presidencia de la Cámara deberá remitir las actas y documentos a la Corte para una revisión final.
“La Plenaria de la Cámara de Representantes tendrá un plazo máximo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la notificación de esta sentencia. En caso de que sea necesario recurrir al trámite de conciliación entre las dos cámaras legislativas (art. 161 de la CP), únicamente respecto de las disposiciones antes mencionadas que requieren subsanación, este trámite deberá surtirse en la presente legislatura”, precisó la Corte.
Las disposiciones que deberán ser discutidas nuevamente no fueron cuestionadas por su contenido de fondo. Entre los puntos pendientes se encuentran la administración del dinero en cuentas individuales, las reglas de cálculo en los pilares contributivo y de ahorro, el tope del 0,7 % en comisiones para fondos privados, los incentivos de semanas para mujeres con hijos y la gestión del Fondo de Ahorro a cargo del Banco de la República.

Con este fallo, la pretensión inicial del Gobierno de aplicar el modelo desde julio de 2025 queda descartada, extendiendo además la suspensión de procesos judiciales contra la norma hasta la nueva fecha fijada.
Además, extendió hasta el 1 de abril del próximo año la suspensión de “los términos para la tramitación de los procesos que cursen o llegaren a cursar ante la Corte Constitucional, por demandas instauradas” en contra de la reforma.
La reforma plantea la reestructuración del modelo pensional mediante cuatro pilares, estableciendo la cotización obligatoria en Colpensiones hasta los 2,3 salarios mínimos y destinando los ingresos superiores a las administradoras privadas de fondos de pensiones.
Información de Colrpensa.
Periodista de la Universidad Católica de Cali con 7 años de experiencia en medios de comunicación. Apasionado por la política y amante del deporte, siempre en busca de nuevas historias que contar.









