Colombia
Agentes de tránsito deben cumplir este requisito clave en retenes, ordena Ministerio de Transporte
Las directrices en el Código Nacional de Tránsito deben ser seguidas por funcionarios y conductores.
Siga a EL PAÍS en Google Discover y no se pierda las últimas noticias

30 de sept de 2025, 05:47 p. m.
Actualizado el 30 de sept de 2025, 05:47 p. m.
Noticias Destacadas
El Ministerio de transporte y el Código Nacional de Tránsito acaban de entregar las directrices que deben ser seguidas tanto por los agentes de Tránsito como por los conductores en el país.
La normativa está dirigida a los agentes de tránsito, quienes según el Ministerio de Transporte, son empleados públicos o contratistas que ejercen funciones u obligaciones, investida de autoridad para la circulación vehicular y peatonal, así como para el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte en cada uno de los entres territoriales del país.
Para MinTransporte, un agente de tránsito es todo “empleado público contratista que tiene como funciones u obligaciones regular la circulación vehicular y peatonal, además de vigilar, controlar e intervenir en el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte sin perjuicio de lo dispuesto en la ley 1310 de 2009″.
En el artículo 3 de la ley 1310 de 2009, se menciona que ser agente de tránsito es una profesión, y como tal deberán recibir una formación académica integral acorde con su rango, “que permita una promoción profesional, cultural y social, con acento en la instrucción ética, moral, física, de liderazgo y de servicio comunitario”.
El artículo 14 señala que dichos funcionarios deben usar siempre el uniforme asignado.
Según explica “el Gobierno Nacional expedirá la reglamentación pertinente para definir los aspectos relacionados al uso de los uniformes, diseños y demás aspectos que permitan la identificación de los mismos dentro de los entes territoriales”.
Además, el artículo 14 añade que estos empleados en servicio activo tendrán derecho a que la entidad le suministre en forma gratuita tres dotaciones anuales de uniforme completo, así como insignias, distintivos y equipo según la reglamentación que expida cada ente territorial.
No solamente se debe tener en cuenta el porte del uniforme y demás elementos, ya que los agentes de tránsito están obligados a cumplir con la plena identificación ante los conductores.
El Manual de Infracciones al Tránsito, según el Ministerio de Transporte, establece que los agentes deben identificarse plenamente ante el conductor y brindarle un trato amable, cortés e irrespetuoso, así este haya cometido una infracción.

Es por esta razón por la que la exhibición del carnet institucional y el porte del uniforme que lo identifica como funcionario de control vial, adscrito a un organismo de tránsito, es considerado como que se cumple con dicha obligación.
Periodista del Periódico El País, amante de las crónicas, los relatos y los hechos que atañen a la comunidad y que marcan historía. La experiencia adquirida en importantes medios latinoamericanos y mi recorrido por Q´Hubo me han permitido palpar las necesidades de la gente y lograr que lleve el periodismo en la sangre.
6024455000








