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Impacto. El sector gastronómico ha sido uno de los más golpeados por la crisis económica que ha generado el covid-19. Este fin de semana la ciudad estará en cuarentena nuevamente. | Foto: Archivo de El País

GOBIERNO COLOMBIANO

Establecimientos comerciales pueden operar con normalidad desde hoy en Cali: Ospina

Los establecimientos con venta y consumo de licor solo podrán operar hasta la 1:00 a.m., indicó el Alcalde.

1 de junio de 2021 Por: Redacción de El País

A partir de este martes inició la reactivación de los sectores sociales y económicos en Cali.

Así lo dio a conocer el Alcalde, Jorge Iván Ospina, quien anunció que todos los establecimientos de la ciudad podrán volver a operar en sus horarios habituales. 

El Mandatario además aclaró que, debido a la medida de Ley Seca, los bares y los establecimientos que vendan licor solo podrán operar hasta la 1:00 a.m.. 

Esta reactivación fue decretada este lunes por el Gobierno Nacional, a través del decreto 580 del 31 de mayo del 2021, que permite la apertura de todas las actividades sociales y económicas y, además, extiende el 'Aislamiento Selectivo' hasta el próximo 1 de septiembre.

Medidas nacionales

Con relación al decreto emitido por el Gobierno Nacional, el Ministro del Interior, Daniel Palacios, explicó que con este 

"Es absolutamente irrisorio pedirle a un restaurante que no pueda operar cuando en la esquina están llevándose a cabo aglomeraciones gigantescas. Eso nos llevó a crear un decreto que permita esta reactivación con protocolos y bioseguridad", comentó el Ministro.

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De igual manera, Palacios informó que en las ciudades cuya ocupación de camas UCI sea superior al 85%, no podrán funcionar las discotecas y lugares de baile, así como los eventos que impliquen grandes aglomeraciones.

Además, indicó que la reactivación se debe realizar implementando también medidas de bioseguridad, por lo cual, el Ministerio de Salud va a expedir un nuevo protocolo que se ajuste al decreto del Gobierno.

"El Ministerio de Salud sacará los protocolos específicos de bioseguridad para las diferentes actividades que son de obligatorio cumplimiento, en donde se establecerán aforos y los procedimientos. Los municipios que tienen una ocupación de UCI inferior al 85% no tienen prohibición de ninguna de las actividades sociales y económicas", manifestó.  


Entre tanto, el Ministro mencionó que el propósito con este decreto es que, además de darle inicio a la etapa de reactivación nacional, también se logre avanzar en el Plan Nacional de Vacunación para que no se deban implementar nuevas medidas restrictivas. 

"Únicamente los alcaldes en los municipios y distritos con ocupación de  UCI superior al 85%, previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social y con la debida autorización del Ministerio del Interior, podrán restringir algunas actividades, áreas, y zonas para el control y manejo de la pandemia", precisó.

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