Más de 11 millones de trabajadores con empleo formal en Colombia recibirán en febrero el pago de sus cesantías, equivalente a un mes de sueldo devengado en 2025. Por ello, las empresas se preparan para consignar estos dineros en los diferentes fondos.
Y para que las compañías cumplan con esta obligación y eviten ser sancionadas, los diferentes bancos han diseñado una serie de estrategias y soluciones financieras.
AV Villas, por ejemplo, informó que las compañías que han utilizado esta solución en años anteriores serán reconocidas con condiciones preferenciales, como parte “de un esquema que valora la continuidad y la confianza depositada en la entidad”.
De igual forma, las empresas que accedan por primera vez podrán contar con un proceso ágil, asistencia especializada y tasas definidas para este fin, con el objetivo de brindarles seguridad y claridad financiera en un periodo de alta demanda operativa.
Para el presidente de AV Villas, Gerardo Hernández, este servicio reafirma el rol del banco como aliado estratégico para las compañías, tanto para aquellas que ya son clientes como para las que buscan una alternativa confiable y eficiente.
“Desde la casa del co-banking nuestro objetivo es trabajar de la mano con los empresarios entregando servicios que premian su lealtad y transmiten confianza para que más compañías encuentren en AV Villas su aliado estratégico”, señaló.
Igualmente, precisó que los empresarios interesados en aprovechar los cupos aprobados, así como aquellos que requieren este tipo de financiación, pueden acercarse a cualquier oficina del banco en el país o contactarse con su gerente de cuenta.
Es muy importante tener en cuenta que el pago de cesantías en Colombia tiene como fecha límite el 14 de febrero de 2026.
Como este año el 14 de febrero cae sábado, el plazo máximo para este pago se traslada al siguiente día hábil. En consecuencia, las empresas tendrán hasta el lunes 16 de febrero para consignar estos recursos.
Pago de intereses de cesantías
A diferencia de las cesantías, que se consignan directamente en el fondo elegido por el trabajador, los intereses deben pagarse de forma directa al empleado. La ley colombiana establece que este valor corresponde a un porcentaje sobre el saldo acumulado durante el año inmediatamente anterior y debe entregarse dentro de una fecha límite específica.
La normativa colombiana señala que los intereses de las cesantías deben ser cancelados a más tardar el 31 de enero de cada año. Este plazo aplica sin excepción para los empleadores del sector privado que tengan trabajadores con contrato laboral formal.
Si el pago no se realiza dentro del tiempo establecido, la ley contempla una sanción económica. En ese escenario, el empleador deberá reconocer al trabajador, por una sola vez, un valor adicional igual al monto de los intereses causados. Esta indemnización no aplica cuando existe una retención autorizada por la ley o acordada previamente entre las partes.