Economía
Cesantías 2025: Récord histórico de $26,1 billones ahorrados por trabajadores, ¿en qué los gastaron?
Por ley, las cesantías solo pueden ser retiradas por terminación del contrato de trabajo o para propósitos de vivienda o estudio.
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27 de ene de 2026, 02:07 p. m.
Actualizado el 27 de ene de 2026, 02:07 p. m.
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Las consignaciones de los colombianos en los fondos de cesantías alcanzaron un récord histórico en 2005: $26,1 billones, un 17 % más que en 2024.
Así lo demuestra el más reciente balance de Asofondos, según el cual, también aumentó el monto de los retiros hechos por los 10,8 millones de afiliados de estos fondos (Colfondos, Porvenir Protección y Skandia), que fueron de $11,7 billones, es decir, 9,4 % más que en 2024.
“Las cesantías han sido un gran respaldo para los trabajadores, una muestra de las bondades del empleo formal y del esfuerzo de los empleadores para honrar el pago de esta prestación social”, destacó Andrés Velasco, presidente de Asofondos.

Por ley, las cesantías solo pueden ser retiradas por terminación del contrato de trabajo o para propósitos de vivienda o estudio.
Según el informe de Asofondos, la principal causa de retiro en 2025 fue la terminación del contrato de trabajo, con 35,6 % ($4,1 billones), seguida de mejora de vivienda, con 28,6 % ($3,3 billones), adquisición de vivienda, con 25,3 % ($2,9 billones) y educación, con 8,5 % ($1 billón).
El 14 de febrero vence el plazo para que los empleadores consignen en los fondos de cesantías los recursos correspondientes a las cesantías de 2025, es decir, un mes de salario por todo el año o un porcentaje equivalente si se trabajó solo una parte del año.

Cabe resaltar que para poder retirar las cesantías, solo se puede realizar a través del empleador o con la documentación necesaria, según lo estipula la ley. Por ello, es clave que las personas no caigan en posibles estafas que ofrecen retiros rápidos y sin trámites legales.
Si se trata de terminación del contrato de trabajo, la empresa debe entregar al trabajador el valor acumulado en un plazo máximo de 5 días hábiles posteriores a la terminación.
Si es para adquirir una vivienda, terreno o lote, construir una vivienda, realizar una ampliación, reparación o mejora de su actual propiedad y liberar gravámenes hipotecarios, se debe tener una cotización de la inmobiliaria y una carta de la empresa.
En caso de educación, hay que tener en cuenta que debe ser para la matrícula o pago de semestre de hijos o para sí mismo.
Con información de Colprensa.
Periodista de la Universidad Católica de Cali con 7 años de experiencia en medios de comunicación. Apasionado por la política y amante del deporte, siempre en busca de nuevas historias que contar.
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