Economía
Alivio para usuarios de los bancos por orden de Ministerio de Hacienda: ¿de qué se trata?
A través de un decreto, se espera eliminar un cobro que perjudica a estos usuarios por pagos con tarjetas.
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29 de ene de 2026, 04:16 p. m.
Actualizado el 29 de ene de 2026, 04:16 p. m.
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Como ha sido la constante en los últimos meses de este Gobierno, recientemente se anunció un nuevo decreto mediante el cual se pretende imponer un nuevo cobro a los pagos a través de plataformas como Nequi, Daviplata y Bre-B, pero esta iniciativa se reversó y se anunció un beneficio.
La iniciativa, presentada por el ministro Germán Ávila, planteaba una retención en la fuente de 1,5% a los pagos en comercios mediante estas plataformas, asemejando a lo que ha ocurrido tradicionalmente con las tarjetas de débito y crédito.

La cartera argumentó que la medida se debía a “un tratamiento dispar en la tarifa de retención en la fuente entre estas transferencias y pagos electrónicos y los pagos realizados a través de las tarjetas de crédito y/o débito”, luego de lo cual llovieron críticas de muchos sectores.
A raíz de lo ocurrido, la entidad decidió echar para atrás la propuesta y, en su lugar, anunciar un inesperado beneficio para aquello clientes bancarios que cuentan con un establecimiento comercial.
La nueva propuesta no solo descartó del todo la retención en la fuente del 1,5% a los pagos mediante aplicaciones en supermercados, restaurantes y comercios de otra índole, sino que propone eliminar este cobro por el uso de las tarjetas de crédito y débito.
El proyecto de decreto, publicado el pasado 26 de enero, menciona que “los pagos o abonos en cuenta realizados a través de tarjetas de crédito y/o débito, susceptibles de constituir ingreso tributario para los contribuyentes del impuesto sobre la rentar por concepto de venta de bienes o servicios, no están sometidos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta”.

Y añade: “Cuando los pagos o abonos en cuenta a que se refiere este artículo correspondan a compras de bienes o servicios para los cuales disposiciones especiales establezcan tarifas de retención en la fuente aplicables superiores al cero por ciento (0%), con independencia del medio de pago, se aplicarán las tarifas previstas en casa caso por tales disposiciones y los agentes de retención que realicen el pago o abono en cuenta deberán practicar la retención respectiva”.
Lo anterior significa que los restaurantes, supermercados y tiendas de barrios que imponen usualmente un cobro extra a quienes quieren pagar con tarjeta ya no tendrán que exigir el porcentaje adicional a los clientes, una vez el decreto sea emitido.
Dicho decreto se da en un contexto álgido en términos de recaudo de impuestos y déficit fiscal en Colombia, que actualmente se encuentra en medio de la emergencia económica decretada por el gobierno nacional.
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