La cuota alimentaria en Colombia es una obligación legal para cubrir necesidades de los menores y, según define el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), comprende la vivienda, salud, educación y recreación.

No obstante, frente a esta obligación, surgen dudas sobre los casos en los que una persona puede quedar libre de pagar la manutención, y si tienen relación alguna con infidelidad.

Ante esto, la legislación colombiana establece que la obligación de pagar cuota alimentaria a los hijos no depende de quién haya sido responsable de la ruptura de la relación. Es decir, que situaciones como la infidelidad dentro de una pareja no modifican las responsabilidades de los padres frente al sostenimiento de los menores.

La separación con hijos implica una reestructuración familiar profunda, cambiando rutinas, vivienda y la dinámica de crianza, generalmente hacia una custodia compartida o visitas programadas. | Foto: El Pais COLPRENSA ©

Aunque el Código Civil contempla la infidelidad como una de las causales para disolver el matrimonio, este hecho no incide en la obligación de garantizar el bienestar económico de los hijos.

Cuando una pareja se separa, el padre o la madre que no convive con los menores debe aportar económicamente para su manutención mediante la cuota alimentaria. Este aporte se fija de acuerdo con la capacidad económica de quien debe pagarla y la necesidad de quien la recibe, alcanzando hasta el 50 % de su salario mensual.

Sin embargo, en ciertos casos, la conducta del cónyuge que incurrió en infidelidad podría tener consecuencias patrimoniales si se demuestra que se utilizaron recursos del hogar para sostener la relación extramatrimonial.

“Si la conducta del cónyuge culpable ocasionó un menoscabo económico en el patrimonio familiar, este podría estar obligado a restituir el valor del daño causado. Un ejemplo podría ser el uso de recursos comunes para costear viajes, regalos o gastos relacionados con la relación extramatrimonial”, afirmó la firma Preciado Abogados.

Aun así, la ley es clara en que el deber de garantizar el sustento de los hijos se mantiene intacto. La manutención de los menores es un derecho que prevalece sobre los conflictos entre los padres, por lo que la cuota alimentaria debe cumplirse independientemente de las circunstancias que llevaron al final de la relación.

Para establecer este monto económico, ambos padres deben llegar a un acuerdo, en dado caso de no llegar a un consenso, se puede iniciar un trámite de conciliación ante el comisario de familia, el defensor de familia, el centro de conciliación, la notaría, el conciliador en equidad y Defensoría del Pueblo.

“Cuando no se llega a acuerdo entre las partes o cuando el padre o la madre que debe pagar la cuota alimentaria no asiste a la audiencia, el defensor y el comisario de familia pueden fijar la cuota de alimentos y otros aspectos relacionados, como la custodia y las visitas”, manifiesta el Ministerio de Justicia.