La legislación laboral colombiana ha venido transformándose en los últimos años con el objetivo de equilibrar la productividad empresarial y la protección de los derechos de los trabajadores.

Es por ello que la Ley 2101 de 2021 inició un proceso de reducción gradual de la jornada laboral semanal, que pasó de 48 horas a 47 en 2023, y posteriormente a 44 horas entre 2024 y 2025.

Sin embargo, la Ley 2466 de 2025 introdujo un cambio clave: eliminó la obligación de que los empleadores solicitarán un permiso al Ministerio de Trabajo para imponer horas extras. De esta manera, aunque la jornada ordinaria se redujo, las compañías ahora cuentan con mayor flexibilidad para ampliar el tiempo de trabajo en situaciones específicas.

De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, actualizado por esta reforma, los empleadores pueden exigir hasta dos horas extras diarias y un máximo de doce horas semanales.

Las empresas extiendan la jornada laboral de sus empleados en casos específicos, sin autorización previa del Ministerio de Trabajo. | Foto: Visión Circular ANDI

En ese sentido, estas horas pueden ser tanto diurnas como nocturnas, y deben ser remuneradas con los recargos establecidos por la ley.

Con la eliminación del requisito de autorización se busca agilizar los procesos internos de las empresas, permitiéndoles responder con rapidez a picos de producción, demandas inesperadas o necesidades operativas que requieran mayor presencia de los trabajadores.

Por otro lado, desde el Ministerio de Trabajo se mantiene la facultad de sancionar a las compañías que incumplan con el pago de estas horas adicionales o que excedan los límites legales.

Debido a este cambio, se genera un escenario complejo tanto para el empleador como colaboradores. Por una parte, las empresas ganan en autonomía y capacidad de adaptación, lo que puede traducirse en mayor competitividad y eficiencia.

Pero por otro lado, los trabajadores enfrentan el riesgo de que la reducción de la jornada semanal se vea neutralizada por la exigencia frecuente de horas extras.

El extender el horario además implica que la empresas cumplan con los límites de horas extras y se garantice su pago. | Foto: Guillermo Torres Reina

Aunque la ley protege el derecho al pago de recargos, la práctica podría implicar jornadas más largas y una presión adicional sobre la conciliación entre la vida laboral y personal.

Asimismo, la Circular Externa 101 de septiembre de 2025, emitida por el Ministerio de Trabajo, buscó orientar a empleadores y sindicatos sobre la correcta aplicación de estas disposiciones.

Allí se hizo énfasis en que la jornada máxima legal sigue siendo de 44 horas semanales, pero que las horas suplementarias son válidas siempre que se respeten los topes y se reconozcan los pagos correspondientes.

En este sentido, la normativa no pretende desproteger al trabajador, sino flexibilizar el marco para que las empresas puedan operar sin trámites burocráticos innecesarios.