Economía
Jornada laboral en Colombia 2026: recorte de horario, recargo nocturno y fin del Día de la Familia; detalles y fechas clave
A partir del 15 de julio la jornada de trabajo pasa de 44 a 42 horas semanales.
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6 de ene de 2026, 05:03 p. m.
Actualizado el 6 de ene de 2026, 05:03 p. m.
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El 2026 llega marcando un punto de inflexión en las condiciones laborales para los trabajadores en Colombia. Este año se concreta la aplicación plena de la Ley 2101 de 2021, que avanza en la reducción gradual de la jornada laboral, y desde el pasado 25 de diciembre entró en vigor uno de los cambios más sensibles para trabajadores y empleadores: la ampliación del recargo nocturno.
Estos dos ajustes, además obligan a las empresas a reorganizar turnos, costos y sistemas de nómina.
Es así como el próximo 15 de julio será la fecha definitiva para la reducción de la jornada laboral máxima legal. A partir de ese día, el límite semanal pasará de las 44 horas actuales a 42 horas, sin que ello implique disminución del salario.
No obstante, la principal novedad para este inicio de año está en el cambio que comenzó a regir hace apenas unos días. Desde el pasado 25 de diciembre, el recargo nocturno amplió su franja horaria. La jornada nocturna ya no inicia a las 9:00 p.m., como ocurría hasta 2025, sino a las 7:00 p. m., y se extiende hasta las 6:00 a. m. del día siguiente. Esto implica que dos horas adicionales de trabajo diario deben liquidarse con el recargo correspondiente.

La modificación también aplica para los días de descanso obligatorio. En domingos y festivos, el horario nocturno se activa igualmente desde las 7:00 p.m., lo que incrementa el valor de las horas trabajadas en esas franjas. Sectores como salud, seguridad, logística y transporte, donde los turnos continuos son la norma, figuran entre los más impactados y beneficiados por la actualización del Código Sustantivo del Trabajo.
El cambio en la jornada laboral trae consigo otra consecuencia menos visible, pero relevante. Con el cumplimiento de la meta de las 42 horas semanales a partir del 15 de julio, las empresas dejarán de estar obligadas a conceder el denominado día de la familia y las dos horas semanales destinadas a actividades recreativas.
Durante el primer semestre de 2026, el tope legal se mantiene en 44 horas semanales. Sin embargo, una vez entre en vigor la reducción definitiva, cualquier minuto trabajado por encima de las 42 horas deberá ser reconocido y pagado como hora extra, con los recargos que establece la ley.
El Ministerio del Trabajo ha sido enfático en sus advertencias. Las empresas deben ajustar de manera inmediata sus sistemas de nómina y control horario, no solo para la reducción de la jornada, sino para la nueva ventana del recargo nocturno que inicia a las 7:00 p. m. El incumplimiento puede acarrear sanciones severas, con multas que pueden llegar hasta los 5000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.


Comunicadora Social - Periodista de la Universidad Autónoma de Occidente, con amplia experiencia en periodismo regional, comercial y desde hace tres años trabajo en la sección de economía.
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