El juzgado 36 de pequeñas causas y competencia múltiple de Bogotá ordenó a la alcaldesa Claudia López retractarse de una declaración en la que decía que el exalcalde Enrique Peñalosa tenía negocios con los buses y troncales de TransMilenio.

Esta declaración fue entregada el pasado 2 de diciembre de 2020 cuando en una entrevista al periodista Yesid Lancheros de la Revista Semana, dijo que ella ofreció buses con carril exclusivo y que no iba a hacer una troncal como la de la Caracas en la Séptima.

“Que era lo que pretendía hacer Peñalosa. A Peñalosa le importan el negocio de sus buses y sus troncales de diésel, que es su juguete, y hay otros que pelean por un tranvía, sobre el cual se han hecho estudios en 15 años y nunca se ha podido hacer. Los ciudadanos no están ni por el tranvía del uno ni por el negocio de los buses del otro”, dijo la alcaldesa.

Lea también: El acuerdo entre Alcaldía y gremios para impulsar la reactivación empresarial

Por esta declaración, el exalcalde acudió ante la justicia, con el propósito de lograr la protección de los derechos fundamentales a la honra, el buen nombre e imagen pública. Pedía la retractación de la alcaldesa frente a esas declaraciones.

La alcaldesa se defendió diciendo que lo que dijo es veraz y que este argumento se encuentra dentro de los discursos especialmente protegidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como político.

Pero el Juzgado treinta y seis de pequeñas causas dijo que aunque es verdad que Peñalosa “ha abanderado y promovido, desde distintos escenarios, el sistema TransMilenio, no solo a nivel local, sino que, ha compartido su experiencia y opinión a nivel mundial, ello no significa que su interés en él trascienda al campo de los negocios personales o, por lo menos en este juicio, ello no aparece demostrado”.

Lea también: Alcalde de Jamundí denuncia hostigamiento a su caravana en zona rural del municipio

Y agregó que ninguna de las pruebas aportadas demuestra que Peñalosa tiene alguna relación comercial, con las empresas dedicadas al transporte público masivo en Bogotá o en Colombia ni que sea partícipe o accionista en las compañías dedicadas a dicha actividad.

Por esta razón, el juzgado ordenó a la alcaldesa retractarse dentro del término de 48 horas siguientes a la notificación de este fallo “si aún no lo ha hecho, se retracte y rectifique, de manera explícita y pública, mediante divulgación en un medio de amplia circulación nacional, así como en los mismos canales de difusión”.