Este jueves, el Gobierno del presidente Gustavo Petro recibió un nuevo revés judicial luego de que el Consejo de Estado suspendiera provisionalmente el decreto que aumentaba la retención en la fuente para empresas de los sectores minero y petrolero.

La medida, buscaba anticipar recursos tributarios para aliviar las finanzas públicas.

La decisión fue adoptada por la alta corte al considerar que el Gobierno no presentó una justificación, ni estudios técnicos adecuados que justificaran el incremento de las tarifas de retención y autorretención en la fuente.

Imagen de la sede de la Corte Constitucional. | Foto: Colprensa©

“Desde Fenalcarbón alertamos que este decreto ponía en riesgo la liquidez, la sostenibilidad y la operación de cientos de empresas productoras de carbón y coque, especialmente de pequeña y mediana minería, que hoy enfrentan un contexto económico altamente desafiante”, señaló Carlos Cante, presidente ejecutivo de Fenalcarbón.

Con ello, el gremio valoró que el Consejo de Estado “haya reconocido la necesidad de sustentar técnicamente medidas que impactan de manera tan profunda al aparato productivo nacional”.

Ahora bien, quien también se pronunció sobre la decisión, fue el presidente de la Andi, Bruce Mac Master, quien aseguró que este decreto del Gobierno Petro aumentaba sin fundamento la autorretención en la fuente a empresas, lo que afectaba indudablemente las finanzas de la industria.

“Esta decisión generó una situación extremadamente compleja para muchas empresas que terminaron pagando durante el año, muchos más impuestos que los que correspondían a las tasas impositivas vigentes en el país”, señaló el directivo.

La Sala Plena del Consejo de Estado. | Foto: Consejo de Estado

Cabe decir que, el decreto había generado fuertes críticas desde distintos sectores económicos y jurídicos, que cuestionaban la legalidad de modificar, vía decreto, mecanismos relacionados con el recaudo tributario.

Y es que, según lo dado a conocer por el Consejo de Estado, se determinó que las tarifas establecidas, sumadas a otras retenciones aplicables al sector, excedían el límite legal del 4,5 por ciento fijado en el Estatuto Tributario.

Así, el alto tribunal resolvió acceder parcialmente a esas solicitudes y suspender provisionalmente los efectos de los artículos 2 a 8 del decreto.

Cabe decir que, la decisión se produjo dentro de un expediente que agrupa múltiples radicados acumulados, todos relacionados con la demanda de nulidad contra el Decreto 572 de 2025.

Sin embargo, el recurso no implica un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad del decreto, por lo que se espera que el Consejo de Estado se pronuncie nuevamente sobre la polémica medida para el sector empresarial que, afectaría especialmente a micro, pequeñas y medianas empresas.