Colombia

Gobierno Nacional apela ante Consejo de Estado para levantar suspensión del decreto sobre traslado de recursos pensionales

La petición de apelación del Gobierno Nacional, radicada este martes 5 de mayo del 2026, se centra en explicar que el decreto no crea nuevas reglas, sino que hace una implementación de la ley existente para que se den garantías a la sostenibilidad del sistema de las pensiones.

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La Sala Plena del Consejo de Estado.
La Sala Plena del Consejo de Estado. | Foto: Consejo de Estado

5 de may de 2026, 04:39 p. m.

Actualizado el 5 de may de 2026, 04:39 p. m.

Como acto de apelación, los Ministerios de Hacienda y de Trabajo con la asesoría de la Agencia Jurídica del Estado, enviaron un documento al Consejo de Estado para solicitar que se levante la suspensión del decreto de traslado de recursos pensionales, decisión que fue tomada en primera instancia por este alto tribunal.

La petición de apelación del Gobierno Nacional, radicada este martes 5 de mayo del 2026, se centra en explicar que el decreto no crea nuevas reglas, sino que hace una implementación de la ley existente para que se den garantías a la sostenibilidad del sistema de las pensiones.

“La suspensión provisional habilita la materialización de un efecto jurídico y financiero nocivo, consistente en el descalce entre obligaciones y activos, con impacto directo sobre la sostenibilidad del sistema y el equilibrio actuarial del régimen público”, se lee en el documento a nombre de las carteras económica y laboral.

El decreto establece trasladar 25 billones de pesos de las Administradoras de Fondos de Pensiones hacia el régimen público que es controlado por Colpensiones. | Foto: Guillermo Torres

Cabe recordar que el decreto hoy suspendido establece trasladar 25 billones de pesos de las Administradoras de Fondos de Pensiones hacia el régimen público que es controlado por Colpensiones.

Además, el Ejecutivo argumenta que el Consejo de Estado en su decisión no hizo un análisis en profundidad acerca de la proporcionalidad de la orden presidencial. Del mismo modo, los respectivos magistrados habrían hecho una evaluación de forma parcial sobre los efectos del traslado de los recursos pensionales.

Lo anterior, a juicio del Gobierno Nacional, el Tribunal Administrativo no consideró las implicaciones estructurales que se derivaron para que se llevara a cabo la suspensión del Decreto 415 del 20 de abril de 2026.

Milton Chaves y Luis Alberto Álvarez, presidente y vicepresidente del Consejo de Estado
Este recurso de apelación le corresponde resolverlo a la Sección Segunda del Consejo de Estado. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA / SEMANA

Esta omisión, según la Casa de Nariño, conllevaría a la creación de impactos negativos en el sistema pensional porque se vería afectada la relación entre afiliación, obligaciones y fuentes de financiación. Igualmente, se advierte sobre un posible riesgo en el equilibrio y sostenibilidad del sistema pensional colombiano.

Así las cosas, este recurso de apelación le corresponde resolverlo a la Sección Segunda del Consejo de Estado, la cual deberá decidir sobre su aplicabilidad y realizar un análisis jurídico sobre la orden de la Presidencia de la República.

De otro lado, en un comunicado emitido por los Ministerios de Hacienda y Trabajo cuando se conoció la decisión judicial de primera instancia, el Gobierno señaló que respeta las decisiones de la justicia, pero a la vez advertía sobre los riegos a la sostenibilidad del sistema pensional.

“Resulta necesario advertir que este tipo de decisiones adoptadas en trámite de urgencia, sin agotar el debate contradictorio, generan profundas implicaciones sobre la sostenibilidad del sistema pensional y la garantía efectiva de los derechos de los trabajadores”, indicaron ambas carteras en su momento.

Comunicador social, periodista, y especialista en Escritura Creativa en Nuevos Medios de la Universidad Autónoma de Occidente. Periodista web de El País desde el 2023. Experiencia en periodismo escrito con énfasis en política y conflicto armado, en fotografía y edición de productos sonoros.

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