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Se agota el plazo para renovar la licencia de conducir o pase en todo el país.
Cabe señalar que la misma Secretaría informa que esta diligencia se puede llevar a cabo de manera presencial o directamente en la web de la misma entidad. | Foto: BERNARDO PEÑA/El País

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Multas en Bogotá 2024: este es el paso a paso para pagar por cuotas los partes

Tenga en cuenta que si no ha cumplido un acuerdo previo de pago, no puede ser beneficiario nuevamente de este beneficio.

26 de febrero de 2024 Por: Redacción El País

Si se encuentra con alguna multa o comparendo pendiente por cancelar, la Secretaria Distrital de Movilidad permite que se pueda poner al día con esta obligación haciéndolo con un acuerdo de cuotas y de esta manera pagar todo el monto de la multa con los intereses de mora.

Cabe señalar que la misma Secretaría informa que esta diligencia se puede llevar a cabo de manera presencial o directamente en la web de la misma entidad. Se recalca que hay que tener cuidado con los tramitadores externos porque puede caer en estafas.

Algunas motos y un carro fueron inmovilizados por no tener la documentación al día
La Secretaria Distrital de Movilidad destaca que para este proceso se deben presentar unos documentos esenciales para iniciar el proceso de pago de la deuda. | Foto: Cortesía Alcaldía de Medellín
  • El monto total de la deuda, la multa más los intereses, debe ser superior a 1.160.152 pesos para 2024 (Lo que equivale a 24,65 Unidad de Valor Tributario, UVT).
  • El plazo máximo para la financiación es de 5 años, es decir, 60 meses y la cantidad mínima de cuotas para suscribir un acuerdo de pago son tres.
  • El sistema de la Secretaría promediarán las demás cuotas para que sean iguales por los meses a los que se llegó el acuerdo para finalizar el pago.
  • Recuerde que el valor de la primera cuota no puede ser inferior al 40% de la deuda o 9,86 UVT que son 460.100 pesos para 2024.
  • Para realizar un acuerdo de pago de la deuda por más de 12 cuotas, es necesario presentar algo que respalde la deuda, como el documento de un bien inmueble, garantía bancaria, una fiducia y un codeudor que respalde la deuda.
  • No se podrá solicitar un acuerdo de pago si el comparendo que está en mora tiene en curso un proceso de impugnación. Pero, una vez que resuelto este punto, se podrá acoger al acuerdo de pago.
  • Para solicitar un acuerdo hay que tener en cuenta que no se debe tener otro compromiso incumplido.
  • Los menores de edad no podrán firmar ningún acuerdo de pago por comparendos en mora.
Ventanilla Única de Servicios de Movilidad
Ventanilla Única de Servicios de Movilidad | Foto: Secretaría de Movilidad de Bogotá

La Secretaria Distrital de Movilidad destaca que para este proceso se deben presentar unos documentos esenciales para iniciar el proceso de pago de la deuda.

  • Formulario de solicitud para la radicación del acuerdo de pago por comparendos en mora.
  • Cédula de ciudadanía o contraseña original y fotocopia del deudor, codeudor, o tercero que solicite el acuerdo de pago. Si el deudor, codeudor, o tercero es extranjero, deberá presentar cédula de extranjería, además de una garantía que respalde la deuda, solo para aquellos acuerdos de más de 12 cuotas.
  • Copia del último recibo de servicio público del lugar donde reside el deudor.
  • Certificación laboral menor a 30 días, así como una certificación bancaria y declaración de renta del último año, en el evento de que sea un trabajador independiente.

Continuar con el proceso

Si cumple con los requisitos y tiene los documentos en su totalidad, es hora de solicitar el acuerdo de pago, bien sea de forma presencial o a través de una cita en la página web.

En la Secretaría de Movilidad el funcionario le indicará el monto de la deuda y los intereses, de esta manera podrá conocer cuántas cuotas deberá pagar dependiendo del acuerdo. Tenga en cuenta que la primera cuota se paga dentro de los primeros 5 días hábiles luego de realizado el acuerdo.

Para pagarla debe dirigirse a una sucursal bancaria del Banco de Occidente o Banco Caja Social o también puede hacer el pago en línea a través de PSE en el sitio web de la Secretaría de Movilidad.

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Tenga en cuenta que si tiene una obligación sin cumplir no puede hacer acuerdos de pago. | Foto: Secretaría de Movilidad

Tener en cuenta

La Secretaria Distrital de Movilidad llama la atención con respecto a si se llega a un incumplimiento de este acuerdo. Primero que todo le llega una notificación para que cumpla con la obligación. Pero una vez pasados 90 días sin pagar la cuota adeudada, se emite la resolución donde se declara el incumplimiento y da inicio al proceso de cobro coactivo.

También si han pasado 60 días de haberse iniciado la mora, se procederá a reportar al ciudadano ante las centrales de riesgo y operadores de información financiera. Finalmente, se destaca que la persona no podrá volver a financiar la deuda y deberá pagar la totalidad de la multa más intereses para quedar a paz y salvo.

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