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98% de las estaciones de servicio de Cali no tienen combustible este lunes 3 de mayo. | Foto: Foto: Aymer Álvarez | El País

PARO NACIONAL

Tribunal ordena a líderes de paro y autoridades garantizar corredores humanitarios en Cali y el Valle

En el oficio, que responde a una acción popular presentada por ciudadanos, el Tribunal también ordena a los manifestantes protestar pacíficamente.

12 de mayo de 2021 Por: Redacción de El País

El Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca ordenó este miércoles al Comité Regional del Paro Nacional, la Minga Indígena, los estudiantes y los mandatarios de Cali, Yumbo, Candelaria, Jamundí y Palmira, además de la Gobernadora del Valle del Cauca, garantizar los corredores humanitarios en la región.

Así lo firmó el magistrado Omar Édgar Borja Soto, en respuesta a una acción popular presentada por los ciudadanos Luis Hernando Franco Murgueitio, Carlos Alberto Lemos Rodríguez y otros, en contra de la Presidencia de la República, la Gobernación del Valle del Cauca, la Unidad Nacional de Protección, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio de Defensa. Además, con el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC) y las alcaldías de las ciudades mencionadas como vinculados al proceso.

En efecto, el oficio del Tribunal negó la medida cautelar solicitada en la demanda por los ciudadanos, pero ordenó que se garantizara el corredor para el ingreso de “alimentos de todo tipo, medicamentos en general, combustibles derivados del petróleo, ambulancias, médicos, paramédicos, enfermeras y equipos médicos, con el acompañamiento de la Cruz Roja Internacional, la Defensa Civil, los delegados de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los personeros municipales de las mismas entidades, el Defensor Regional del Pueblo o sus delegados, sin limitación alguna a fin de garantizar los derechos fundamentales y los derechos colectivos de la población de la ciudad de Cali y del Departamento del Valle, contribuyendo a efectivizar el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios. (art. 78C.P.)”.

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Asimismo, el Tribunal ordenó a los mandatarios regionales que impartan las órdenes administrativas necesarias para que las empresas mayoristas de combustibles despachen “a través de la herramienta o plataforma tecnológica “SICOM”, dispuesta por el Ministerio de Minas y Energía, o la que se autorice, los pedidos de las Estaciones de Servicio (EDS) de Cali y para que estas cumplan con el deber de servicio a toda la comunidad de la ciudad de Cali”.

El magistrado Borja Soto también le ordenó al Ministerio de Defensa crear un plan de acompañamiento que brinde seguridad al transporte, distribución y venta de combustible en la zona metropolitana de Cali.

El oficio también ordena a los manifestantes y líderes del paro nacional a que ejerzan el derecho a la protesta de forma pacífica, “respetando los derechos al trabajo, a la locomoción, los derechos de los trabajadores agrarios, a fin de garantizar la producción de alimentos y el abastecimiento de medicamentos que se garantice el derecho a la vida, así como la integridad del espacio público y su destinación al uso común”.

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