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Andrés Felipe Arias, exministro de agricultura. | Foto: Foto: Pantallazo de video

CORTE CONSTITUCIONAL

Andrés Felipe Arias podrá impugnar fallo de su condena, Corte Constitucional aceptó tutela

La Corte Constitucional aceptó la tutela que le permitirá al exministro acudir a la segunda instancia del fallo que lo condenó a 17 años de cárcel.

21 de mayo de 2020 Por: Colprensa

El exministro Andrés Felipe Arias podrá impugnar su condena luego que la Corte Constitucional aceptara la tutela que le permite interponer un recurso contra el fallo en única instancia que lo condenó a 17 años de prisión por el escándalo de Agro Ingreso Seguro.

Tras dos Salas Plenas virtuales, el órgano, con una votación de cinco a favor y cuatro en contra, le concedió amparo del derecho fundamental al debido proceso al exministro, por lo que podrá impugnar su sentencia condenatoria.

Los magistrados Antonio José Lizarazo, Alejandro Linares, José Fernando Reyes y Alberto Rojas votaron en contra. Las magistradas Diana Fajardo y Cristina Pardo aclararon su voto.

Lea también: las reacciones de diferentes políticos a la decisión de la Corte sobre Andrés Felipe Arias

El análisis se registró luego de las negativas recibidas por parte de la Corte Suprema de Justicia, mismo tribunal que dictó la sentencia de 17 años por irregularidades en el proyecto Agro Ingreso Seguro, mientras fungió como ministro en el mandato del expresidente Álvaro Uribe.

La primer batalla la perdió en la Sala Civil del máximo tribunal en lo penal, cuando le negaron revisar su proceso judicial. En una segunda ocasión fue la Sala Laboral la que también se mantuvo en tal decisión. El argumento: ya había cosa juzgada y no había mecanismo para revertirla.

Toda la puja política-judicial de Arias empezó cuando consideró que le vulneraron el derecho al debido proceso. En el momento de su condena los senadores, ministros, gobernadores y generales no gozaban de la segunda instancia, que no es otra cosa que otro juez revise la sentencia emitida.

Entonces lo que discutió el exministro es que debía tener derecho a esta iniciativa después de que el Congreso de la República, en 2018, diera cabida a que esta población tuviese una segunda opinión en sus penas.

Además de esto, la tutela la impulsó Arias ante la Corte Constitucional porque consideró que tenía amparo en una sentencia emitida en 2014, en donde señalaron que toda persona tiene derecho a impugnar una condena en su contra cuando es emitida por primera vez.

Entonces lo que expuso el alto tribunal es que si un juez declaraba inocente a una persona, pero el Tribunal (superior jerárquico), lo condenaba en segunda instancia, el ciudadano podía pedir la revisión de su pena ante un tribunal superior, que en ese caso sería la Corte Suprema.

En ese entonces, la Corte Constitucional otorgó un año de plazo para crear las instancias y hacer dicho mandato efectivo desde 2016. Lo que llama la atención es que alto tribunal también abrió la brecha a que personas condenadas en única instancia recurrieran a tal beneficio judicial.

Además de eso, lo que también alegó Arias es que él llegó ante los estrados internacionales y en un documento del Comité de Derechos Humanos de la ONU, consideró que se le vulneró el derecho a la doble instancia.

Se espera que  el magistrado Alberto Rojas Ríos, presidente de la corporación, determine cuál entidad debe analizar el proceso judicial del exministro, si este debe seguir privado de la libertad, así como si esta decisión cobija a los más 230 condenados previo a que se declarara la doble instancia y doble conformidad.

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