Política

Juez impuso millonaria multa a Gustavo Petro por desacato: ¿qué viene para el presidente?

El fallo responde al incumplimiento de una tutela que obligaba al mandatario a retractarse y ofrecer excusas.

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El presidente, Gustavo Petro, el 16 de diciembre de 2025 en la Casa de Nariño, en Bogotá
El presidente, Gustavo Petro, podrá apelar esta decisión. | Foto: César Carrión - Presidencia de Colombia

15 de abr de 2026, 03:12 p. m.

Actualizado el 15 de abr de 2026, 03:12 p. m.

En un nuevo revés jurídico del presidente Petro, la justicia colombiana lo declaró en desacato tras ignorar una sentencia de tutela que protegía los derechos al buen nombre y la honra de Jaime Miguel González Montaño, exgerente de la EPS Coosalud.

Aunque el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le había ordenado retractarse desde noviembre de 2025, el despacho judicial confirmó que el jefe de Estado no cumplió con los términos establecidos y lo multó.

De esta manera, el juzgado impuso una multa monetaria de 15 salarios mínimos legales, lo que equivale a cerca de $26.263.575 pesos.

El comunicado oficial del presidente de Coosalud.
Jaime Miguel González Montaño, exgerente de la EPS Coosalud. | Foto: Captura: Video suministrado

Frente a lo que viene luego de este desacato, el expediente ahora pasará a consulta ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mientras que el juez advirtió que podrían adoptarse medidas adicionales si el mandatario persiste en el incumplimiento.

Cabe recordar que todo este enredo legal estalló por una serie de publicaciones en X y declaraciones en alocuciones presidenciales, donde el mandatario tildó a González Montaño de “bandido” y lo acusó de ser el responsable de una crisis financiera en la entidad, citando deudas cercanas a los 2.600 millones de pesos y presuntos manejos irregulares.

“Coosalud fue la peor EPS del año pasado. Tuvo que intervenirse por ello, pero la culpa no fue de los dueños de la cooperativa, que son los dueños de la EPS; la culpa fue del gerente y la junta directiva, que son hermanos de expresidentes de la República”, fue el mensaje escrito que acompañó un video que subió el mandatario en X.

Durante el proceso, el tribunal determinó que el mandatario no aportó pruebas que respaldaran la existencia de dicha denuncia penal ni la veracidad de los graves delitos atribuidos al exgerente.

Al no retractarse en el plazo de cinco días otorgado inicialmente, el juez administrativo concluyó que se vulneró el debido proceso, reafirmando que la obligación de pedir excusas públicas sigue vigente a pesar de la multa impuesta.

Esta decisión se suma a la emitida por el mismo tribunal, en donde obliga al mandatario a retractarse en esta ocasión por afirmaciones dirigidas a la Registraduría y donde pone en tela de juicio la transparencia de las elecciones.

La providencia, firmada por el magistrado Luis Manuel Lasso Lozano, se adoptó como medida cautelar dentro de una acción popular interpuesta por el abogado Ramiro Bejarano Guzmán, quien demandó a la Presidencia de la República por considerar que las publicaciones del jefe de Estado vulneraron los derechos colectivos a la moralidad administrativa, la seguridad jurídica y la transparencia del proceso electoral.

Periodista de la Universidad Católica de Cali con 7 años de experiencia en medios de comunicación. Apasionado por la política y amante del deporte, siempre en busca de nuevas historias que contar.

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