Política

Tribunal de Antioquia suspendió el decreto que permitía el traslado de pacientes entre EPS

La medida advierte que la reorganización territorial de las EPS pone en riesgo la atención de 6,5 millones de usuarios.

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Largas filas en la sede de la Nueva EPS de Pasarela, al norte de Cali, durante la mañana de este miércoles 19 de noviembre del 2025
Largas filas en la sede de la Nueva EPS de Pasarela, al norte de Cali, durante la mañana de este miércoles 19 de noviembre del 2025. | Foto: Bernardo Peña

28 de ago de 2026, 08:46 p. m.

Actualizado el 28 de ago de 2026, 08:46 p. m.

El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó mantener suspendido el Decreto 0182 de 2026, expedido durante el gobierno de Gustavo Petro, que planteaba reorganizar territorialmente el funcionamiento de las EPS, al considerar que su implementación podría afectar la atención en salud, limitar la posibilidad de escoger EPS y reducir la competencia en algunos territorios.

Según el fallo, la aplicación de las reglas del decreto podría llevar a que alrededor de 6,5 millones de afiliados sean reasignados entre EPS. De ese universo, unos 2,6 millones podrían terminar en Nueva EPS, que ya cuenta con más de 11,5 millones de afiliados, y que actualmente se encuentra bajo intervención administrativa con más de 14.603 quejas en curso.

Además, el decreto en sí mismo no es capaz de demostrar que las entidades receptoras tengan las capacidades administrativas, logísticas y financieras suficientes para asumir nuevos traslados y no afectar a quienes ya están afiliados.

Protestas Usuarios Nueva EPS
El fallo judicial advierte que la reorganización planteada por el Ministerio de Salud podría limitar la competencia y la libre elección de EPS en los municipios. | Foto: Aymer Andrés Álvarez

Lo anterior, sumado a la posibilidad, según señala el Tribunal, de que en algunos municipios termine operando una sola EPS, lo que vulneraría el derecho de los afiliados a elegir su entidad de preferencia, además de que, en términos básicos, limitaría la competencia económica entre las entidades encargadas del aseguramiento.

La decisión tiene como antecedente la medida cautelar que el mismo Tribunal había decretado el 10 de marzo, cuando ordenó detener la implementación del decreto ante el riesgo de que los traslados produjeran efectos difíciles de revertir.

El Ministerio de Salud apeló esa decisión en su momento, pero el Consejo de Estado la confirmó el 16 de julio de 2026, tras considerar que existían elementos para advertir riesgos relacionados con la situación de Nueva EPS y con la reorganización territorial planteada.

Usuarios de la EPS SOS afectados por el cambio de dispensario a droguerías Ramedicas en Cali. En el barrio Calima la gente pasa la noche esperando por una de las 200 fichas para ser atendidos y reclamar medicamentos.
Las entidades bajo intervención administrativa deberán garantizar la continuidad del servicio sin recibir nuevos traslados masivos de afiliados. | Foto: Bernardo Peña/El País

Ahora, con esta nueva sentencia de primera instancia, el Tribunal determinó mantener dicha suspensión por tiempo indeterminado, hasta que sea un “juez natural competente quien adopte la decisión que corresponda respecto de la legalidad de dicho acto administrativo”.

Con esta determinación se ratifica que el modelo de aseguramiento continuará operando bajo el esquema actual, congelando cualquier traslado masivo de pacientes hasta que la justicia emita un pronunciamiento definitivo de fondo sobre la validez del acto gubernamental.

Siendo así, con esta medida del tribunal, los pacientes que quieran realizar el cambio no podrán y deberán acercarse a su EPS para recibir orientación sobre el proceso que deberán realizar para tener otra alternativa para su atención en salud.

Información de Colprensa.

Periodista de la Universidad Católica de Cali con 7 años de experiencia en medios de comunicación. Apasionado por la política y amante del deporte, siempre en busca de nuevas historias que contar.

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