Politica
Corte Constitucional ordena a diputado rectificar publicaciones contra la gobernadora del Valle del Cauca
Frente al fallo el diputado implicado, Jonhy Fernando Acosta, se pronunció.
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22 de dic de 2025, 07:59 p. m.
Actualizado el 22 de dic de 2025, 08:36 p. m.
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La Corte Constitucional emitió un fallo en el que ordena al diputado del Valle del Cauca, Jonhy Fernando Acosta, rectificar, retractarse y eliminar de sus redes sociales publicaciones que contenían información considerada falsa o injuriosa en contra de la gobernadora del departamento, Dilian Francisca Toro.
La decisión se produjo tras una acción de tutela interpuesta por la mandataria y deberá cumplirse en un plazo máximo de 48 horas a partir de la notificación oficial de la providencia.
De acuerdo con el fallo, el diputado deberá publicar mensajes de rectificación en sus perfiles de TikTok e Instagram, en los que se corrija la información difundida previamente sobre la gobernadora.

El análisis judicial se sustentó en la revisión de cerca de 150 mensajes publicados entre los años 2023 y 2024, los cuales, según la Corte, afectaron los derechos fundamentales al buen nombre y a la honra de la mandataria departamental.
La Corte Constitucional estableció en su decisión criterios para diferenciar el ejercicio legítimo del control político de conductas que constituyen hostigamiento o violencia política basada en género.
Según el pronunciamiento de la Gobernación del Valle, el fallo constituye un precedente en el país en materia de protección de los derechos de las mujeres que ejercen cargos de elección popular y liderazgo político.
“Esta es la primera vez en Colombia que un diputado recibe una orden judicial perentoria para corregir y eliminar contenidos publicados en redes sociales, en el marco de una decisión relacionada con violencia política digital”, informaron desde el palacio de San Francisco.
La sentencia advierte que el incumplimiento de la orden podría acarrear sanciones adicionales dentro de los términos previstos por la ley.
La gobernadora Dilian Francisca Toro señaló que la acción de tutela se originó por mensajes difundidos en el año 2024 y que la decisión judicial busca impedir que continúe la difusión de información falsa en el ejercicio de la actividad política.
Desde la administración departamental se informó que el fallo también será un punto de partida para activar las acciones previstas en la Ley 2453 de 2025, norma que establece mecanismos para prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres en el ámbito político.
Por su parte, la secretaria General de la Gobernación del Valle del Cauca, Liza Rodríguez, indicó que la sentencia define los límites entre el control político y la violencia política contra la mujer, y que a partir de esta decisión se evaluarán las denuncias que correspondan ante las autoridades judiciales y disciplinarias, con base en la legislación vigente.
La directora del Departamento Jurídico del Valle del Cauca, Diana Lorena Vanegas, explicó que el fallo no solo ordena la rectificación de los mensajes, sino que también establece la obligación de mitigar y subsanar las afirmaciones realizadas en redes sociales.
Asimismo, precisó que, para la Corte, la vulneración de un derecho fundamental se configura independientemente del número de publicaciones realizadas.
La administración departamental señaló que continuará utilizando los mecanismos legales disponibles para garantizar el respeto a los derechos fundamentales en el ejercicio del debate político.
Lo que dice el diputado Jonhy Fernando Acosta frente al fallo de la Corte
Tras conocerse la Sentencia de la Corte Constitucional, el diputado del Valle del Cauca, Jonhy Fernando Acosta, se pronunció públicamente y aseguró que la decisión del alto tribunal respalda su ejercicio de oposición y control político frente a la gobernadora Dilian Francisca Toro.
De acuerdo con Acosta, la Corte desestimó de manera mayoritaria las pretensiones de la mandataria departamental, quien había interpuesto una acción de tutela con el objetivo de obligarlo a rectificar más de 130 publicaciones críticas realizadas en sus redes sociales.
Según el diputado, el fallo dejó claro que sus pronunciamientos hacen parte del debate democrático y no constituyen violencia política basada en género.
“El intento de obligarme a retractarme de más de 130 publicaciones y a ofrecer excusas públicas fue rechazado. La Corte protegió mi derecho al control político como líder de la oposición y negó que yo haya ejercido violencias de género”, afirmó Acosta, al referirse a los alcances de la sentencia.
El diputado explicó que, de todas las publicaciones analizadas por el alto tribunal, solo en dos casos se solicitó una aclaración puntual, sin que se ordenara la eliminación ni la rectificación general de los contenidos cuestionados.
En ese sentido, insistió en que la Corte reconoció que sus expresiones se enmarcan dentro de los límites constitucionales del control político y la crítica a una funcionaria pública.
Acosta también subrayó que la Corte recordó en su decisión que la gobernadora, por su condición de figura pública, está sujeta a un mayor nivel de escrutinio ciudadano y político.
A su juicio, este aspecto resulta clave para entender el alcance del fallo y su impacto en el debate público regional.
Finalmente, el diputado cuestionó lo que calificó como una interpretación errónea de la sentencia por parte de algunos voceros oficiales y canales institucionales.
Según Acosta, se ha difundido la idea de que el fallo lo obliga a rectificar por ejercer violencias de género, cuando —afirmó— la Corte descartó expresamente ese argumento.
Para el dirigente político, la decisión judicial marca un límite frente a lo que considera intentos de censura y reafirma las garantías para el ejercicio de la oposición en el país.
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Periodista y comunicador social. Jefe de la redacción web de El País, especialista en marketing digital y gerencia del talento humano. Apasionado de las transformaciones y los desafíos.
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