Política
Consejo de Estado acepta para estudio dos demandas que intentarán anular la vinculación de Colombia Humana al Pacto Histórico
Según el demandante, los dos actos administrativos supuestamente fueron expedidos con “infracción de normas superiores y con falsa motivación”.
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16 de jul de 2026, 03:00 p. m.
Actualizado el 16 de jul de 2026, 03:00 p. m.
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La Sección Quinta del Consejo de Estado aceptó para estudio dos demandas que tienen el propósito de echar para atrás las resoluciones del Consejo Nacional Electoral (CNE) que aprobaron la modificación de los estatutos de Colombia Humana y su posterior vinculación al Pacto Histórico.
Estos recursos judiciales fueron presentados por Samuel Alejandro Ortiz Mancipe, un estudiante de Derecho, quien cuestiona los actos administrativos expedidos por el CNE y pide que se declare su nulidad.
Fue el pasado lunes 6 de julio que el magistrado Pedro Pablo Vanegas admitió la demanda de Ortiz para así dar inicio al trámite judicial.

“Admitir la demanda presentada por Samuel Alejandro Ortiz Mancipe con la cual pide anular la Resolución 11232 de 4 de diciembre de 2025 (...) proferida por el Consejo Nacional Electoral”, afirma el auto de la Sección Quinta del Consejo de Estado.
Además, un día después, el mismo despacho del magistrado Vanegas aceptó una segunda demanda presentada por el universitario Ortiz. Este nuevo recurso busca declarar la nulidad de las resoluciones 1299 y 1629 del CNE que aprobaron la integración de Colombia Humana al Pacto Histórico como nuevo partido político.
Y es que, de acuerdo con el abogado en formación, los dos actos administrativos supuestamente fueron expedidos con “infracción de normas superiores y con falsa motivación” porque el CNE en un principio admitió la absorción del partido y después se dedicó a resolver los recursos de reposición interpuestos contra la misma decisión.
El estudiante argumenta que el tribunal electoral no hizo una verificación adecuada sobre el cumplimiento de los estatutos internos que regulaban el proceso de modificación estatutaria y la fusión de la organización política.
Al mismo tiempo, en el texto de su demanda, lanzó críticas contra la legalidad de la convocatoria de la Asamblea Nacional Extraordinaria que se encargó de aprobar la reforma del artículo 72 de los estatutos.
“La Asamblea Nacional Extraordinaria que aprobó la reforma del artículo 72 de los estatutos y, luego, ratificó la fusión fue convocada por la denominada Dirección Nacional del Poder Popular Constituyente, instancia que no estaba prevista en la estructura orgánica de Colombia Humana ni tenía competencia para citar al máximo órgano de dirección”, detalló.
Así las cosas, la Sección Quinta del Consejo de Estado analizará las dos acciones judiciales, con el fin de comprobar si las resoluciones del CNE fueron expedidas ajustándose a las disposiciones legales o no. Por lo tanto, el proceso avanzará con las etapas previstas sin que haya una decisión de fondo sobre la legalidad de las resoluciones.
Comunicador social, periodista, y especialista en Escritura Creativa en Nuevos Medios de la Universidad Autónoma de Occidente. Periodista web de El País desde el 2023. Experiencia en periodismo escrito con énfasis en política y conflicto armado, en fotografía y edición de productos sonoros.
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