Humanización sin impunidad
El proyecto de reforma con el cual el Gobierno Nacional pretende “humanizar” la actual política penitenciaria y descongestionar las cárceles del país, fue radicado en el Congreso de la República. El texto contiene propuestas polémicas, como la despenalización de varios delitos, alguna de las cuales generan dudas sobre su conveniencia.
Hace pocas semanas, cuando se conoció el borrador de la iniciativa, surgió el primer debate público. La posibilidad de que algunos reclusos puedan salir durante el día a trabajar, estudiar o realizar labor social, o que se les concedan permisos largos cuando cumplan una parte de la sentencia, como parte de su proceso de resocialización y para que comiencen a integrarse de nuevo a la sociedad, según se explicó en su momento, causó inquietud.
Se cuestionó, entre otros, la capacidad del Inpec para gestionar esos permisos y responder por los presos que se beneficiarían de la extramuralidad. Preocupación lógica si se tienen en cuenta las experiencias nefastas de fugas y reincidencia delictiva entre aquellos que gozan de detención domiciliaria o la escasa efectividad de herramientas como los brazaletes electrónicos.
Conocido el texto definitivo, surgieron más cuestionamientos a la que se pretende convertir en la nueva política carcelaria de Colombia. Ya no sería delito el incumplimiento de asistencia alimentaria que en el Código Penal da hasta 54 meses de cárcel, como tampoco la injuria o la calumnia a no ser que se haga por vías de hecho, es decir con agresiones físicas o verbales. Y tampoco se castigaría el incesto, penalizado hoy hasta con 72 meses de cárcel, mientras se propone rebajar el tiempo máximo de condena de 60 a 50 años.
Aunque el Ministro de Justicia dio argumentos que justifican estos cambios en la política penal, como por ejemplo que no se les debe quitar a los hijos la posibilidad de ver a sus padres o que al estar en la cárcel estos no podrán cumplir con la cuota de alimentación, hay preocupación por la impunidad que se generará. En el caso del incesto se alega que el sexo consentido entre dos adultos no se puede castigar, así sea “moralmente muy repudiable pensar en que uno tenga sexo con un pariente, una hermana, un hermano”, en palabras del alto funcionario.
Habría que preguntar cómo o quién determinará la línea, que puede ser sutil, entre el consentimiento y la manipulación.
Se debe resaltar que en el texto se mantienen las penas para delitos sexuales o los que se cometan contra menores de edad y mujeres. Además se aumenta de 8 a 12 años el tiempo de condena para poder solicitar la detención domiciliaria. Y se tendrá que crear una oficina de Derechos Humanos que esté presente en cada cárcel del país para garantizar la dignidad humana y velar por el cumplimiento de las garantías constitucionales de los presos.
Si bien el propósito del proyecto de reforma penitenciaria busca soluciones para la congestión carcelaria en el país, aliviar la carga represada del sistema de Justicia, así como cumplir con la función de acompañar el proceso de resocialización de los condenados para que se integren a la sociedad una vez cumplan su pena, “la modernización y humanización del sistema penitenciario” no se puede prestar para que delitos graves queden en la impunidad. O para que posibles vacíos debiliten la legislación penal y quienes delinquen se queden sin castigo