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Este se suma a los otros escándalos que la empresa ha tenido que enfrentar recientemente. | Foto: Agencia EFE

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Uber deberá presentar licencia de taxi en Europa, según sentencia de la UE

El tribunal de Justicia de Unión Europea sentenció que Uber es una empresa de transporte y, por lo tanto, deberá ser tratada como tal.

20 de diciembre de 2017 Por: Agencia EFE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció este miércoles que las autoridades nacionales pueden exigir licencia de taxi a la compañía estadounidense Uber, al considerar que se trata de una empresa de transporte y no de una plataforma digital para poner en contacto a conductores y viajeros.

La sentencia, ante la que no cabe recurso, responde a una cuestión prejudicial cursada por un juzgado de Barcelona a partir de una denuncia por presunta competencia desleal presentada en 2014 por la asociación catalana de taxistas Elite Taxi Barcelona contra esa plataforma estadounidense.

"El Tribunal de Justicia estima que debe considerarse que este servicio de intermediación forma parte integrante de un servicio global cuyo elemento principal es un servicio de transporte y, por lo tanto, que no responde a la calificación de 'servicio de la sociedad de la información', sino a la de 'servicio en el ámbito de los transportes'", según indicó el TJUE en un comunicado.

La máxima instancia administrativa de la UE considera que son los Estados miembros los que deben "regular las condiciones de prestación de estos servicios, siempre que se respeten las normas generales del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea".

La sentencia, que sienta jurisprudencia en el conjunto de la Unión Europea, permite a las autoridades nacionales exigir a Uber licencias por servicios de taxi si lo consideran oportuno, al entender que su actividad debe estar regulada por la normativa comunitaria relativa al transporte y no a los servicios digitales o de otra naturaleza.

El colectivo de taxistas denunciante entiende que Uber Systems Spain incurre en prácticas de competencia desleal dado que ni la empresa ni sus conductores no profesionales de vehículos disponen de las licencias y autorizaciones previas previstas en el Reglamento Metropolitano del Taxi de Barcelona.

La empresa, por su parte, argumenta que no dispone de flota propia de vehículos ni de chóferes en plantilla, por lo que simplemente es una plataforma tecnológica para poner en contacto a usuarios y conductores.

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Para pronunciarse, el Juzgado Mercantil Número 3 de Barcelona preguntó a la corte de Luxemburgo si debía considerar a Uber como una empresa que ofrece servicios de transporte, como una dedicada a los servicios de la sociedad de la información o una combinación de ambas.

Y el TJUE consideró que "un servicio de intermediación" como el de Uber, dedicado a poner en contacto a través de una aplicación para teléfonos inteligentes a conductores no profesionales que ofrecen sus propios vehículos para desplazar a personas a cambio de una remuneración está "indisociablemente vinculado a un servicio de transporte".

La Justicia europea subrayó que el servicio de Uber no se limita a un servicio de intermediación, pues la empresa "crea al mismo tiempo una oferta de servicios de transporte urbano, que hace accesible concretamente mediante herramientas informáticas y cuyo funcionamiento general organiza en favor de las personas que deseen recurrir a esta oferta para realizar un desplazamiento urbano".

El fallo de la corte de Luxemburgo se alinea con la opinión que ya había expresado el pasado mes de mayo el abogado general del TJUE Maciej Szpunar, cuyo análisis no es vinculante para los magistrados pero suele marcar el sentido de la decisión del tribunal.

Szpunar había interpretado que "los conductores que circulan dentro de la plataforma Uber no ejercen una actividad propia que exista de manera independiente de dicha plataforma" sino que esa actividad "únicamente puede existir gracias a la plataforma, sin la que no tendría ningún sentido".

El fallo del TJUE no resuelve el litigio y se limita a interpretar la normativa comunitaria para el juzgado nacional, que no obstante deberá resolver el caso "de conformidad con la decisión del Tribunal de Justicia".

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Uber responde

El portavoz de Uber España, Yury Fernández Castillo, dijo que la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE no tiene ya "ninguna implicación práctica" porque el modelo de negocio varió en 2016.

El portavoz de Uber declaró a EFE que el fallo "llega con un desfase de tres años", ya que responde a un requerimiento realizado en 2014 por un juez de Barcelona a instancias de una asociación profesional de taxistas en relación a un modelo de negocio que la empresa estadounidense cambió en marzo de 2016.

"La sentencia ahora no tiene ninguna implicación práctica para la operativa de Uber en España", afirmó Fernández Castillo en referencia a que la compañía funciona desde 2016 con un modelo de negocio basado en las licencias VTC, para vehículos con conductor.

Pese a ello, el portavoz de Uber tendió la mano al Estado español para "regular el servicio de Uber, pero sobre la base de los intereses generales y no sólo de algunos".

Por su parte, la empresa Cabify aseguró que desde su fundación en Madrid en 2011 su modelo de negocio "es y ha sido siempre cien por cien legal" y que "no está relacionada en absoluto" con la sentencia del Tribunal europeo sobre Uber conocida hoy.

"A diferencia del competidor, desde sus comienzos hasta la actualidad, la actividad de Cabify está estrictamente sujeta al marco legal existente", añadió esta compañía, para la cual la decisión del TJUE de considerar a Uber una empresa de transporte y no una plataforma digital "no está relacionada en absoluto con la compañía española Cabify ni afecta a su actividad".

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