Economía
Padres en Colombia podrán ir a actos escolares sin perder salario: así lo establece la reforma laboral
Empresas no podrán castigar al empleado.
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29 de ago de 2025, 07:32 p. m.
Actualizado el 29 de ago de 2025, 07:32 p. m.
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El Código Sustantivo del Trabajo (CST) fue modificado por la reforma laboral que resultó en la Ley 2466 de 2025, la cual fue promulgada el 25 de junio de 2025 y busca adoptar un marco laboral para el trabajo decente en Colombia.
La ley modifica el CST y otras normas laborales, mejorando aspectos como la jornada laboral, los descansos, los recargos, la contratación y el trabajo en plataformas digitales, entre otros puntos.
Dentro de la modificación también se encuentran las disposiciones especiales para los padres de familia que tienen hijos en el colegio, ofreciéndoles nuevas garantías.
Con esto lo que se busca es el equilibrio entre las responsabilidades laborales y familiares, permitiéndole así que los empleados puedan acompañar a sus hijos sin perder ingresos.
En el cuarto debate, el Congreso de la República aprobó el articulado que les permite asistir a las actividades escolares de los mismos sin que esto perjudique en su salario.
En el articulado de las nuevas licencias remuneradas se encuentra que los padres ahora tendrán más posibilidades de asistir a los eventos de sus hijos como la entrega de boletines, los días de la familia, a los eventos extracurriculares, graduaciones, clausuras, entre otros, sin que lleguen a perder un día de su sueldo.
Lo más importante es que la ley impide que las empresas puedan llegar a castigar el salario del empleado por cumplir con esos compromisos escolares, que en realidad terminan beneficiando a la familia entera.
Cabe señalar que un proyecto de ley hace tránsito en el Congreso de la República y tiene como objetivo instaurar una nueva licencia remunerada para los trabajadores colombianos, aunque se tendrá en cuenta ciertos requisitos.

El artículo 16, alusivo a las obligaciones especiales del empleador, concede al trabajador la licencia remunerada en varios casos, como por ejemplo el permiso a los padres que deban acudir a alguna actividad u obligación escolar como el acudiente.
Ahora bien, dentro del parágrafo G, del artículo 16, los trabajadores tendrán permiso “para asistir a las obligaciones escolares como acudiente, en las que resulte obligatoria la asistencia del trabajador por requerimiento del centro educativo”.
De ser requerido por el empleador, el trabajador deberá acreditar la asistencia a las actividades académicas de sus hijos.
Esto también involucra otros escenarios en los que se tiene en cuenta procesos judiciales consultas médicas y votaciones.
Los empleados que pertenecen a empresas privadas o aquellos trabajadores que son regidos por el Código Sustantivo del Trabajo, pueden llegar a acordar con el empleador un día de descanso remunerado por cada 6 meses de trabajo, en el cual certifique el uso de bicicletas como medio de transporte para ir y salir de su lugar de trabajo.
Periodista del Periódico El País, amante de las crónicas, los relatos y los hechos que atañen a la comunidad y que marcan historía. La experiencia adquirida en importantes medios latinoamericanos y mi recorrido por Q´Hubo me han permitido palpar las necesidades de la gente y lograr que lleve el periodismo en la sangre.
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