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Multan a Avianca por no cambiarle tiquete a un usuario

Una multa de $61.600.000 le fue impuesta a la compañía Avianca por desconocer el derecho de retractarse a un cliente que se equivocó a la hora de comprar un pasaje por internet.

30 de julio de 2014 Por: ElPaís.com.co

Una multa de $61.600.000 le fue impuesta a la compañía Avianca por desconocer el derecho de retractarse a un cliente que se equivocó a la hora de comprar un pasaje por internet.

La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, condenó judicialmente a la aerolínea Avianca S.A., por infringir los derechos de un consumidor a quien se le negó el ejercicio del derecho de retracto.En la decisión judicial, además de ordenar a la aerolínea restituir al consumidor el valor pagado por la compra de pasajes en tarifas promocionales ($117.800.oo), se le impuso una multa de $61.600.000, por desconocer el derecho de retracto del consumidor a la hora de comprar los tiquetes aéreos.La demanda judicial fue instaurada por un consumidor que adquirió a través de la página web de Avianca S.A. un tiquete en tarifa promocional para el trayecto Cartagena – Medellín – Cartagena por un valor de $117.880.Durante el proceso se comprobó que por un error en el diligenciamiento del formulario de compra, el itinerario de vuelo no fue el que pretendía adquirir el consumidor, quien de forma inmediata advirtió su error y solicitó su corrección. Al requerimiento del pasajero la aerolínea respondió que solo era posible con el pago de una penalidad, lo cual constituye una violación del derecho de retracto establecido en el Estatuto del Consumidor.Frente a esta posición de Avianca S.A., el consumidor, dentro de los tres días siguientes a la compra del pasaje, solicitó a la aerolínea la devolución del dinero pagado por el tiquete, en ejercicio del derecho de retracto previsto en el artículo 47 de la Ley 1480 de 2011. Sin embargo, Avianca S.A. en comunicación dirigida al pasajero, negó la solicitud de devolución del dinero, aduciendo que las normas establecidas por el Estatuto del Consumidor no son aplicables al sector aeronáutico.El cliente, teniendo en cuenta que la aerolínea Avianca S.A. no accedió a la solicitud de reintegro del dinero, como era su obligación legal, el consumidor interpuso una demanda judicial ante la Superintendencia de Industria y Comercio para obtener la protección de sus derechos. Durante el proceso judicial, aunque la aerolínea tuvo la oportunidad de ejercer su derecho de defensa, no lo hizo, no obstante haber sido notificado desde el inicio de la actuación judicial. La Superindustria aseguró que la sentencia judicial adoptada en este caso a favor del consumidor demandante es de inmediato cumplimiento y contra ella no procede recurso alguno.

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