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Viviendas, vivienda nueva. | Foto: Archivo El País

PYMES

“Medidas sobre el pago de arriendos no son suficientes”: voceros de restaurantes y pymes

Alegan que el decreto 579 afecta su sostenibilidad al plantear pagar intereses por los cánones de arrendamientos aplazados. Proponen que el cobro del arriendo se haga de acuerdo con las ventas generadas en el mes.

20 de abril de 2020 Por: Redacción de El País

El decreto 579 por medio del cual se adoptaron medidas transitorias relacionadas con el pago de los arriendos, tanto de las personas como del sector comercial y pequeñas empresas, no dejó satisfechos a muchos.

Brany Prado, director regional de Acodrés, gremio que reúne a los restaurantes, dijo que “nos parece que es insuficiente, golpea aún más al sector y es muy incipiente ante la situación actual de los negocios”.

Agregó que el decreto afecta la sostenibilidad de los restaurantes al plantear pagar intereses por los cánones de arrendamientos que se estarían aplazando.

De igual forma, Yitcy Becerra, directora de Acopi en el Valle del Cauca, entidad que agrupa a micros, pequeños y medianos empresarios, aseguró que esa norma “es otra de las medidas en las que el Gobierno le entrega la responsabilidad a los ciudadanos, no hay alivios, no hay recursos en ninguna parte”, afirmó.

Recordó la ejecutiva, que la misma OMS considera que el último sector en reactivarse será el de turismo y gastronomía, por lo tanto, en junio, no van a tener recursos para nada. “Lo que están haciendo es trasladar las decisiones al arrendatario y arrendador en medio de la crisis, no responde a las necesidades, para mí ese decreto es inútil”.

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¿Qué dice la norma?

Las medidas invitan a que tanto arrendador como arrendatario hagan acuerdos de pago por el tiempo que dure la emergencia sanitaria en el país, no significan la suspensión, el congelamiento, la condonación, ni mucho menos la eliminación de la obligación.

No se cobrarán intereses de mora o penalidades por el aplazamiento de los pagos de los arrendamientos, pero sí se reportará un cobro de interés bajo.

El ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, explicó las medidas.

¿Habrá reajuste en el valor de los arriendos?

No. Se aplaza el reajuste anual a los cánones que se tuvieran que hacer efectivos entre el 15 de abril y el próximo 30 de junio. Pero concluido el aplazamiento y, según los acuerdos, el arrendatario pagará con el reajuste correspondiente.

¿Qué pasa si no se llega a un acuerdo entre propietario e inquilino?

El arrendatario pagará la totalidad de las mensualidades correspondientes al periodo. El arrendador no podrá cobrar intereses de mora ni penalidad o sanción. Pero el arrendatario deberá cancelar intereses, por el aplazamiento en los pagos, a una tasa equivalente al 50% de la Tasa de Interés Bancario, que para abril es del 18,69%, es decir que cancelaría máximo 9,3 % EA.

¿A quiénes beneficia el decreto?

Las medidas en materia de arrendamiento benefician a todos los colombianos, independientemente de su nivel de ingreso o su estrato socioeconómico.

¿Se permiten los desalojos durante la emergencia?

Entre el 15 de abril y el 30 de junio de 2020, se suspende la orden o ejecución de cualquier acción de desalojo dispuesta por autoridad judicial o administrativa, incluidos aquellos casos en los que el plazo del arrendamiento y/o su forma de pago se haya pactado por períodos diarios, semanales, etc.

¿Estas medidas también aplican para locales comerciales?

Si. Aplican para las micro, pequeñas y medianas empresas y contratos en los cuales el arrendatario sea una persona jurídica sin ánimo de lucro. Queremos que se logren acuerdos entre el propietario y el inquilino sin penalidades, sin intereses y sin la amenaza de desalojo, pero fomentando la cultura de pago y la responsabilidad del arrendatario.

¿Qué pasará con las cuotas de administración de zonas comunes?

El reajuste anual de las cuotas de administración de zonas comunes se aplaza durante la emergencia. Concluido el aplazamiento, las mensualidades se pagarán con el reajuste anual correspondiente.

Sobre el tema, Óscar Gomez, gerente de la Lonja de Propiedad Raíz de Cali, recordó que las medidas adoptadas por el Gobierno son transitorias y que “en general solo aplica para arrendatarios que, acreditados como personas naturales, micros, pequeñas o medianas empresas, demuestren haber sido afectadas por efectos de la emergencia económica, social y ecológica que atravesamos en este momento”.

Es decir, que quienes no se han visto afectados por la emergencia sanitaria, ya sea porque han podido continuar con sus actividades económicas de manera relativamente normal o el impacto ha sido muy bajo, deben pagar sus obligaciones con normalidad.

Según datos de Fedelonjas, teniendo en cuenta informes del Dane, de las 13,4 millones de viviendas que hay en el país, 34%, es decir, cerca de 5 millones, son de hogares que viven en arriendo.

La crisis de salud producirá mayor dificultad para el pago de arriendo, causará la devolución de locales y también afectará a las aseguradoras de arrendamientos.

Propuesta

Acodrés, gremio que agrupa a los restaurantes en Cali, considera que una medida que sí les ayudaría sería que el cobro de los arriendos del sector se haga de acuerdo con las ventas generadas en el mes, para los que están operando con domicilios. El modelo iría hasta enero de 2021.

”Y para los que no están operando en ninguna modalidad, no deberían tener esta obligación durante los meses de cuarentena. Ese dinero se empezaría a pagar diferido en cuotas, pero desde enero 2021 y una vez se levante la cuarentena, pagar de acuerdo con las ventas, también hasta inicios del próximo año”, dijo Brany Prado, director de Acodres.

De acuerdo con Fedelonjas, en este momento el negocio del arrendamiento mueve $28 billones al año en Colombia.

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