Economía

Esta es la multa por no pagar parafiscales a empleadas domésticas en Colombia: estén atentos jefes

Las personas que trabajan en servicios domésticos deben estar afiliadas a salud, pensión, cajas de compensación y ARL.

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Empleadas domésticas
Las empleadas domésticas no podrán ser contratadas bajo la modalidad de prestación de servicios, además cada empleador debe hacer su contribución a los parafiscales. | Foto: Colprensa

16 de mar de 2026, 08:31 p. m.

Actualizado el 16 de mar de 2026, 08:31 p. m.

La actual normativa para el trabajo en Colombia exige que las personas dedicadas al servicio doméstico y labores de aseo, preparación de alimentos y cuidados, sean contratadas con todas las prestaciones de ley, no solo cuando trabajen tiempo completo o medio, sino incluso cuando trabajen solo por días al mes.

La entrada en vigencia de la más reciente reforma laboral obliga a los empleadores a pagar la ARL de sus trabajadores domésticos de forma individual, no de forma compartida como se venía haciendo.

Empleadas domésticas
Los empleadores deben tener cuidado con pagar la ARL de su empleada de forma individual. | Foto: Colprensa

Esto tiene que ver con la afiliación a ARL de la dirección del hogar donde trabaja la persona, el empleador solo paga por una, y si contrata a otra persona debe afiliarla de forma individual, no puede usar la afiliación anterior, así se trate del mismo domicilio.

La multa por no pagar la ARL o cualquier otro ítem de los parafiscales de la empleada doméstica puede ser hasta de 7.000 millones de pesos, según estableció el Ministerio del Trabajo.

En la actualidad, los empleadores puede utilizar diferentes plataformas para pagar la seguridad social y prestaciones, la principal es la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), que pertenece al Ministerio de Hacienda y cumple la función de centralizar estos pagos y brindar las alternativas para hacerlo en las diferentes modalidades a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).

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Los porcentajes de los aportes parafiscales se deben ajustar al tipo de contrato, si es medio tiempo, o por días o incluso horas. | Foto: COLPRENSA

En primer lugar, la UGPP, señala que cada empleador debe hacer un contrato por separado, este es obligatorio, puede ser medio tiempo, completo o por días, pero de ningún modo por prestación de servicios.

Las empleadas que trabajan por días pueden tener varios contratos y pagan un porcentaje de los parafiscales, que se divide de acuerdo a los días y horas de trabajo. La otra parte la pagan los empleadores, cada uno por separado.

De acuerdo con la plataforma especializada Enlace Operativo, para 2026 con el nuevo salario mínimo de $2′000.000 incluyendo auxilio de transporte, para pagar los parafiscales de una empleada que labore, por ejemplo, 4 días a la semana, en turnos de 8 horas, tendría que pagar $19.273 pesos por seguridad (salud, pensión, ARL y Caja de Compensación), sumado con $12.735 por prestaciones (cesantías, intereses, prima y vacaciones), por día.

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Los aportes de seguridad social y prestaciones se pueden hacer por la web oficial de la UGPP y por otras plataformas. | Foto: COLPRENSA

Es decir, que teniendo en cuenta el costo neto del día laboral, dividiendo el SMMLV en 30 días, daría ($58.363) más auxilio de transporte ($8.303), entonces a esto se sumaría los valores porcentuales de prestaciones y seguridad social, dando como costo estimado del día laboral de una empleada doméstica por $98.674 pesos.

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