Economía
Colpensiones explica qué derechos tienen las empleadas domésticas que trabajan por días
Quienes prestan servicios en hogares, incluso de forma ocasional, deben contar con contrato y acceso a seguridad social. Revise todos los detalles.
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15 de mar de 2026, 05:28 p. m.
Actualizado el 15 de mar de 2026, 05:28 p. m.
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Los trabajadores del servicio doméstico que laboran por días en Colombia también tienen derechos laborales y acceso a la seguridad social, incluso cuando su trabajo se realiza de manera ocasional o solo algunas jornadas al mes. Así lo recordó Colpensiones tras la entrada en vigor de cambios derivados de la reciente reforma laboral.
De acuerdo con la entidad, las personas que realizan labores como aseo, cocina, cuidado de niños o adultos mayores en hogares deben ser vinculadas formalmente por quienes contratan sus servicios. Esto implica la existencia de un contrato laboral en el que se establezcan condiciones claras como la jornada de trabajo, el salario acordado, los horarios, los descansos y la forma de pago.

Uno de los puntos clave es la afiliación al sistema de seguridad social. Según explicó Colpensiones, los trabajadores domésticos, incluso cuando trabajan por días, tienen derecho a estar afiliados a salud, pensión, riesgos laborales (ARL) y a una caja de compensación familiar.
Para cumplir con esta obligación, los empleadores deben realizar los aportes correspondientes a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA, mecanismo utilizado en el país para reportar y pagar las contribuciones al sistema de seguridad social.
Además de la afiliación, estos trabajadores también tienen derecho a prestaciones sociales. Entre ellas, se encuentran la prima de servicios, las cesantías y las vacaciones, que deben pagarse de forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado, aun cuando la persona preste sus servicios solo algunos días al mes.
En el caso de las vacaciones, la legislación colombiana establece que corresponden a 15 días hábiles remunerados por cada año de trabajo o el proporcional al tiempo laborado. De igual manera, si el trabajador gana hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes, debe recibir auxilio de transporte.

La jornada laboral máxima también aplica para este sector. En términos generales, no debe superar las ocho horas diarias, y la normativa contempla la reducción progresiva de la jornada semanal en el país hasta llegar a las 42 horas.
Las autoridades laborales recuerdan que cualquier persona que contrate a alguien para realizar labores domésticas adquiere la condición de empleador, por lo que debe cumplir con las obligaciones establecidas por la ley laboral colombiana.
El objetivo de las medidas es avanzar en la formalización de un sector históricamente marcado por la informalidad y garantizar condiciones laborales dignas para quienes realizan estas labores en los hogares del país.

Comunicadora social y periodista egresada de la Universidad Autónoma con especialización en Comunicación Estratégica de Marca en Entornos Digitales. Tengo más de 3 años de experiencia en la redacción digital de contenidos. Amante a la lectura, el vino y los gatos.
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