Economía

Empleadas domésticas obtienen triunfo histórico: Ley impone millonaria multa a empleadores por pagos indebidos

La normativa obliga a los empleadores a cumplir con aportes completos a la seguridad social.

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Empleadas domésticas
Los empleadores deberán afiliar a las trabajadoras a salud, pensión, riesgos laborales y caja de compensación. | Foto: Colprensa

16 de feb de 2026, 03:03 a. m.

Actualizado el 16 de feb de 2026, 03:03 a. m.

Una buena nueva recibieron las empleadas domésticas en materia de garantías laborales, luego de que la nueva reforma laboral estableciera mecanismos más estrictos para obligar a los empleadores a cumplir con el pago de seguridad social.

Con el nuevo marco jurídico, las trabajadoras del hogar contarán con herramientas claras para exigir que la normativa se cumpla, al igual que la protección social.

La garantía de seguridad social integral es la base para que las labores de servicios generales se ejerzan en condiciones dignas. Esto implica la afiliación obligatoria a salud, pensión y riesgos laborales a través de una ARL, además del aporte a caja de compensación, de manera que las trabajadoras del hogar cuenten con el mismo amparo institucional que cualquier empleado formal en el país.

La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (Ugpp) precisa que los aportes son obligatorios cuando la relación laboral es de medio tiempo o tiempo completo.

En esos casos, el empleador debe vincular a la trabajadora al régimen contributivo en salud, así como a pensión, riesgos laborales y caja de compensación.

Empleadas domésticas
Los empleadores deberán afiliar a las trabajadoras a salud, pensión, riesgos laborales y caja de compensación. | Foto: Colprensa

“La relación laboral es de medio tiempo o tiempo completo; debes afiliarlos a salud en el régimen contributivo, pensión y riesgos laborales, así como a caja de compensación”, destacó la Ugpp.

Cuando el trabajo es por días y con varios empleadores, cada uno tiene la responsabilidad de afiliarla a pensión, riesgos laborales y caja de compensación. En materia de salud, la persona puede estar en el régimen subsidiado o en el contributivo como beneficiaria, según lo indica la entidad.

Uno de los aspectos que ha generado mayor confusión es el pago de la ARL. Ante la duda, se aclaró que no puede realizarse de forma colectiva entre varios empleadores, como equivocadamente se ha pensado en algunos casos.

SymplificaAPP explicó que, aunque la empleada preste sus servicios en distintos domicilios, no existe una única afiliación compartida.

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En trabajos por días, cada empleador debe asumir su parte en pensión y riesgos laborales. | Foto: El País

“Cada empleador afilia y paga lo que le corresponde”, argumentó un especialista. Además, la cobertura de la ARL aplica únicamente para la dirección registrada en la afiliación, lo que impide extenderla a otros hogares.

El no cumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones de gran magnitud. La multa por no pagar la ARL o cualquier otra prestación puede llegar a casi 7000 millones de pesos, impuesta por el Ministerio de Trabajo, lo que deja en claro que el cumplimiento de la ley es ineludible y que la protección de las trabajadoras del hogar es una prioridad.

Comunicadora social y periodista multifuente graduada de la Universidad Santiago de Cali, con énfasis en política, gobierno y experiencia en presentación y radio.

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