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Economía

Conozca las semanas que debe cotizar para poder pensionarse con el 80% de su ingreso base de liquidación

Se deben cumplir también ciertos requisitos para poder acceder a este recurso mensual.

26 de octubre de 2024 Por: Redacción El País
Además de crear un nuevo sistema de pilares, la reforma propone ajustes a las normas para cotizar y para tener derecho a heredar la pensión.
Además de crear un nuevo sistema de pilares, la reforma propone ajustes a las normas para cotizar y para tener derecho a heredar la pensión. | Foto: getty images

Pensionarse es uno de los sueños de la mayoría de colombianos, ya que permite tener un ingreso mensual a las personas para poder vivir una vejez diga. Sin embargo, no para muchos puede llegar a ser realidad este sueño.

Debe recordarse que para pensionarse es necesario tener una edad mínima, la cual es 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres, además de tener un número de semanas puntuales para poder acceder a esta remuneración.

Viejitos sin pensión
Shocked serious senior man doing his home financials. | Foto: Getty Images

No obstante, de acuerdo con lo estipulado en la Ley 100 de 1993, una persona podría pensionarse con el 80 % de su ingreso base de liquidación, lo cual implicaría alcanzar alrededor de 1800 semanas cotizadas.

Por otra parte, las personas también podrían acceder al 65 % de su ingreso base de liquidación con 1000 semanas cotizadas y al 73 % con 1200 semanas.

Es importante mencionar que en Colombia existen dos fondos de pensiones: público (Colpensiones) y privado (diferentes entidades), las cuales tienen sus propios requisitos para poder acceder a una pensión. Pero los dos comparten los mismos pasos para poder llegar a solicitarla:

El Ministerios calificó el video como falso y precisó que está generando desinformación.
El Ministerios calificó el video como falso y precisó que está generando desinformación. | Foto: Getty Images/iStockphoto

- Evaluación: Una vez llevada la solicitud, el fondo procederá a revisar la misma para ver si se le otorga el beneficio de la pensión o no, además de evaluar el monto del que será acreedor.

- Apelación: En dado caso de que la petición sea rechazada, la persona tiene derecho a presentar un recurso de revisión para que la decisión sea revisada nuevamente. La respuesta puede variar de acuerdo al fondo de pensiones, por ejemplo en el privado puede llegar a tardar hasta 10 días hábiles.

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