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A punto de aprobarse prima para empleados domésticos

La medida la está analizando el Senado de la República. Solo falta un debate para que se haga realidad.

25 de mayo de 2016 Por: Redacción de El País.

La medida la está analizando el Senado de la República. Solo falta un debate para que se haga realidad.

La posibilidad de que el pago de la prima de servicios le sea reconocido a los empleados domésticos está cerca de convertirse en ley. Solo falta un debate en la plenaria del Senado de la República, pues en la Cámara de Representantes ya hizo tránsito.

Dicha medida se sumaría a los derechos que ya tienen ganados los jardineros y las empleadas domésticas (entre otros trabajadores) y están contenidos en el Decreto 2616 del 20 de noviembre de 2013 que reguló la cotización a seguridad social para trabajadores independientes que laboren por horas.

Para que el pago de la prima se haga realidad, los congresistas ponentes de la iniciativa plantean una modificación al Artículo 306 del Código Sustantivo del trabajo porque excluye del pago de la prima a los trabajadores del servicio doméstico.

En consecuencia, la idea es que la norma tenga en cuenta a esa clase de trabajadores.

La norma dice que “el empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros 20 días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo laborado”.

“Creemos que los empleados domésticos tienen derecho a que se les reconozca esa remuneración”, expresó el senador Jorge Eliécer Prieto, ponente de la iniciativa. Oros senadores que lo acompañan en esa iniciativa son Claudia López Hernández, Antonio Navarro Wolf, Iván Lenidas Name y Jorge Iván Ospina.

Para el experto en pensiones Marcelo Duque, “es un reto para los empleadores, quienes en su mayoría son también trabajadores y contratan una empleada doméstica para los cuidados del hogar y de sus hijos. En razón se van incrementado los costos de la formalización, que posiblemente no todos puedan asumir”.

Lo que debe tener en cuenta el empleador antes de contratar a una empleada doméstica

¿Las empleadas por días tienen derecho al pago de la prima de servicios?

La norma decía que la empleada de servicio doméstico por días, ni en forma continua, ni la interna tiene derecho a prima de servicios, en razón a que se considera que un hogar no es una empresa y por ende, no genera ingresos.

Sin embargo, si el Congreso aprueba lo contrario, sí tendrá derecho a prima.

¿A qué tienen derecho las empleadas de servicio doméstico?

Si las empleadas por días cumplen un horario de trabajo y en la prestación de su servicio, se dan los elementos esenciales de la relación laboral, tienen derecho a cesantías, a intereses y a vacaciones (15 días hábiles). También se les debe dar una dotación de vestido y calzado de labor (3 juegos anuales). Deben estar afiliadas y cotizar al sistema general de seguridad social integrado.

¿Qué sucede si la empleada va cuando pueda a prestar el servicio de aseo?

Si la trabajadora va el día que quiera a la hora que quiera, terminar su trabajo e irse cuando quiera, es evidente que no hay una relación laboral.

¿Es obligatorio afiliar a una ARP a una empleada del servicio doméstico?

La afiliación a la seguridad social es integral. La PILA pide que se afilie a un empleado a salud, a pensiones y a riesgos profesionales. La afiliación a una ARP, no se puede negociar, es un derecho cierto e indiscutible. Además, la labor doméstica también tiene un alto riesgo, por lo tanto es obligación afiliar a su empleada a la ARP.

¿En caso de un accidente de trabajo, quién va a pagar las prestaciones asistenciales?

La EPS no va asumir el pago, porque quien tiene que hacerlo es la ARP.

¿Qué pasa con las empleadas que están afiliadas al Sisbén?

La afiliación al Sisben no libera al empleador de la obligación de afiliar a sus trabajadoras al sistema general de seguridad social.

El Sisben es para aquellas personas que no están trabajando. La afiliación permite que haya un fondo de pensiones y una ARP que le pague las prestaciones en el momento en que un accidente de trabajo ocasione una disminución de su capacidad laboral.

¿Qué ocurre en el caso de las empleadas que trabajan por días en jornadas de medio tiempo?

Normalmente se admite que haya contratos hasta de medio tiempo, es decir cuatro horas. Cuando hay contrato hasta de medio tiempo, o se trabaja más del medio tiempo pero menos de la jornada máxima legal, se deben reconocer salarios y prestaciones de acuerdo con el número de horas trabajadas, es decir, proporcional al tiempo trabajado.

¿Es necesario sacar el RUT para poder contratar al empleado (a) de servicio doméstico?

No. El RUT es solamente para los contratos civiles de prestación de servicios. En un contrato laboral no se exige el RUT.

¿Cómo se cancelan las prestaciones a una empleada por días?

Las prestaciones se deben cancelar de manera proporcional y se deben liquidar anualmente, a no ser que la empleada doméstica tenga un contrato a término fijo.

Fórmula para la liquidación anual de prestaciones sociales:

Cesantías: (salario básico más auxilio de transporte*) por los días trabajados.

¿Cómo se maneja el descanso en el caso de una empleada doméstica interna?

El día de descanso para la empleada de servicio doméstico es acordado por las partes. La ley establece que puede ser el sábado o el domingo.

¿Cuánto hay que pagar de Seguridad Social?

Pensiones: el empleador debe aportar por concepto de pensión el 12% del salario del trabajador doméstico.

Salud: el empleador debe realizar todos los meses un pago equivalente al 8,5% del salario del trabajador doméstico.

El aporte depende del nivel de riesgo al que esté expuesto el empleado en su actividad laboral. El rango de cotización oscila entre el 0,5% y el 8,7% del valor de la nómina mensual de salarios.

¿Las empleadas domésticas tienen derecho al subsidio de transporte?

La empleada doméstica por días tiene derecho al pago del auxilio de transporte, que se calcula proporcional.

1 salario mínimo se le debe pagar a una empleada interna, aunque se puede pactar un 30% de pago en especie, que corresponde a alimentación y habitación.

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