Colombia
Victoria histórica de los profesores de colegio en Colombia: ley garantiza permiso remunerado en casos excepcionales y sus condiciones de aplicación
Una normativa vigente ratifica que los docentes pueden ausentarse con goce de sueldo incluso durante las semanas de planeación institucional, siempre que exista una justa causa.
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8 de may de 2026, 04:45 p. m.
Actualizado el 8 de may de 2026, 04:45 p. m.
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El ejercicio de la docencia en Colombia no solo está regido por la vocación, sino por un robusto marco legal que protege la dignidad humana y los derechos laborales de quienes orientan el aprendizaje.
En el centro de la discusión actual se encuentra el alcance de los beneficios para los educadores, especialmente en momentos de alta carga administrativa. La normativa colombiana es enfática al señalar que los maestros cuentan con garantías fundamentales, entre las que destaca la estabilidad y la posibilidad de acceder a descansos pagados bajo condiciones específicas.

Un punto que genera preguntas frecuentes en las instituciones es la Semana de Desarrollo Institucional. Este periodo, regulado por el Decreto 1075 de 2015, es el espacio donde rectores y maestros planifican el Proyecto Educativo Institucional (PEI) fuera de las cuarenta semanas de clases con estudiantes.
Aunque se trata de un tiempo de estricta labor administrativa y pedagógica, la ley establece que el derecho al permiso remunerado no se suspende, permitiendo a los docentes solicitarlo si se presenta una situación de fuerza mayor o necesidad justificada.
El sustento legal de esta “victoria” para el gremio se halla en el Decreto 1278 de 2002, conocido como el Estatuto de Profesionalización Docente. En su artículo 57, la norma es clara: los educadores estatales tienen derecho a permisos remunerados por causa justificada de hasta tres días hábiles consecutivos en un mes.
Esta disposición otorga una flexibilidad necesaria frente a contingencias personales, asegurando que el profesional no vea afectado su ingreso mensual mientras atiende asuntos de suma importancia fuera del aula.

Para que este beneficio se haga efectivo, es imperativo que el docente realice la solicitud formal y por escrito. Corresponde al rector o director rural de la institución evaluar la solicitud, teniendo la potestad de concederla o negarla basándose en la pertinencia de la causa expuesta.
Este mecanismo busca equilibrar la operatividad del colegio con el respeto a los derechos fundamentales del trabajador, evitando que la planificación institucional pase por encima de las necesidades humanas del equipo pedagógico.
Mientras se debate la aplicación de estos permisos, ciudades como Cartagena avanzan en la consolidación de equipos docentes de alto nivel. Un ejemplo reciente es el Cecilia Porras School, el primer colegio público bilingüe de la ciudad, donde se seleccionaron 32 maestros con perfiles de excelencia.
El secretario de Educación, Alberto Martínez, destacó que para este proyecto se requirieron profesionales con nivel B2 de inglés, demostrando que la calidad educativa va de la mano con el bienestar y la formación técnica de sus líderes.

Comunicador social y periodista de la Universidad Antonio José Camacho. Tecnólogo en Producción Audiovisual y técnico en Diseño e Integración Multimedia del SENA, además de especialista en Fotografía Publicitaria. Experiencia en periodismo de campo frente a cámara, redacción web y gestión de redes sociales
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