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Luis Alfredo Ramos, exgobernador de Antioquia. | Foto: Colprensa

CORTE CONSTITUCIONAL

Tras demanda de Luis Alfredo Ramos, Corte respalda libertad de prensa de Noticias Uno

La publicación del medio fue en la emisión del 20 de enero de 2018, cuando se informó sobre una sentencia "condenatoria" que preparaba la Corte Suprema de Justicia contra Ramos.

20 de junio de 2019 Por: Colprensa

La Sala Plena de la Corte Constitucional negó este jueves que el noticiero Noticias Uno hubiera vulnerado los derechos del exgobernador Luis Alfredo Ramos al realizar un informe periodístico sobre un proceso judicial en su contra. 

El pronunciamiento se dio en respuesta a una demanda de Ramos Botero.

La publicación del medio fue en la emisión del 20 de enero de 2018, cuando se informó sobre una sentencia "condenatoria" que preparaba la Corte Suprema de Justicia contra Ramos. 

Tras la publicación, la misma Corte desmintió la información señalando que no había ninguna decisión sobre ese proceso y mucho menos un proyecto de sentencia.

A juicio de Ramos, sin ningún documento oficial que lo sustentara, el noticiero lo estaba acusando de tener acuerdos con la Corte para ser absuelto, y de ser culpable de conductas por las que se encontraba procesado.

Por toda esta serie de señalamientos, Ramos consideró que se había vulnerado el principio de veracidad, por lo que le solicitó al alto tribunal que se ordenara la rectificación por parte de Noticias Uno y su periodista  Ignacio Gómez Gómez.

En el estudio, la Corte encontró que no se vulneraron los derechos a la honra y al buen nombre de Ramos, porque durante el desarrollo de la nota periodística siempre se refirió a la existencia de un proyecto o ponencia, y utilizó expresiones condicionales que indicaban la posibilidad de una condena, es decir, no habló de una sentencia en firme y tampoco se refirió al actor como una persona responsable de haber cometido determinado delito.

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“De la noticia no se desprende siquiera una afirmación por parte del medio sobre la responsabilidad penal del actor, es decir, queda claro que está siendo investigado, que existe un proyecto de sentencia con un sentido condenatorio y que la postura allí contenida se debió a ciertos medios probatorios a los cuales hace referencia esa ponencia”, dijo la Sala.

La corporación señaló que Noticias Uno actuó de “manera conforme a lo que la Corte ha sostenido sobre las consecuencias penales y disciplinarias ante la filtración de proyectos de sentencia en el ordenamiento jurídico colombiano, esto es, que la prohibición para los servidores y funcionarios de divulgar esa clase de información no se puede hacer extensiva a los periodistas y medios de comunicación; en otras palabras, en principio, el noticiero accionado se acogió a los criterios imperantes en la jurisprudencia constitucional”.

Bajo ese entendido, el medio de comunicación no deberá emitir ninguna rectificación como lo solicitó el exgobernador.

Sin embargo, el  alto tribunal compulsó copias ante la Procuraduría y la Fiscalía para que se adelanten funciones que permitan identificar el motivo de la filtración de la información confidencial a los periodistas. 

La Corte consideró que "la filtración de una ponencia por parte -muy probablemente- de servidores públicos responsables de la tramitación del proceso, afectó el derecho de Luis Alfredo Ramos Botero a un juicio limpio y con todas las garantías, en la medida en que facilita la exposición mediática y el debate en un entorno distinto del foro judicial, de un asunto que está sometido a reserva y cuya develación constituye conducta penal y disciplinaria”.

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