La Superintendencia de Transporte formuló pliego de cargos a 26 aerolíneas que al parecer incluyen en sus contratos cláusulas irregulares que perjudican a los viajeros.
La entidad examinó información publicada en páginas y redes sociales de las compañías durante varios meses y realizó el requerimiento, con el propósito de verificar si cumplen con las normas establecidas para ello por la normativa en Colombia.
Entre los hallazgos hay contratos en idiomas distintos del castellano, cláusulas que exoneran la responsabilidad por daños al equipaje del usuario y otras que permitirían cambiar unilateralmente el precio anunciado al consumidor.
Camilo Pabón Almanza, quien lidera el ente, dijo que "no se trata de una publicidad en concreto o un problema puntual, sino de las cláusulas que están imponiendo a los consumidores del país al comprar su tiquete".
Agregó que "las empresas deben revisar y ajustar sus actuaciones frente a cada capítulo de la ley del consumidor".
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Están sujetas a la investigación:
Aerolíneas Argentinas
Aeroméxico
Air Canada
Air Europa
Air France
Air Transat
American Airlines
Avianca
Avior Airlines
Copa Airlines
Delta Air Lines
Easyfly
GCA Airlines
Iberia
Jetblue
KLM
Latam
Jetsmart
Regional Express
Satena
Sky Airline
Spirit Airlines
Turkish Airlines
United Airlines
Viva Air
Wingo
En dos casos se encontraron otro tipo de infracciones. En el caso de Regional Express Américas S.A.S., se encontró una presunta infracción, pues no habría cumplido con su obligación de habilitar en el medio de comercio electrónico el contrato de transporte, para que los usuarios puedan acceder a su información, descargarlo e imprimirlo en cualquier momento.
En cuanto a la empresa Jetblue Airways Corporation, el cargo fue formulado por la presunta infracción de la normatividad, al presentar el texto del contrato de transporte aéreo en idioma distinto del castellano.
En caso de ser encontradas responsables, las empresas Regional Express Américas S.A.S. y Jetblue Airways Corporation podrían ser sancionadas con una multa de hasta 443 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV).
Para las demás empresas, las sanciones en caso de comprobarse podrían llegar hasta los 2.000 salarios mínimos mensuales.