Colombia
Superintendencia de Industria y Comercio investiga venta de vapeadores a menores
La entidad exigió que plataformas como Rappi y distribuidores como Dislicores refuercen controles.
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17 de dic de 2025, 04:46 p. m.
Actualizado el 17 de dic de 2025, 04:46 p. m.
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El ente de control abrió investigaciones en contra de diez proveedores que comercializan cigarrillos, vapeadores y productos hechos con base en tabaco, luego de encontrar lo que serían presuntas fallas en materia de protección de los derechos de los consumidores y los mecanismo para impedir que menores de edad accedan a estos productos que están prohibidos para su consumo.
Estas decisiones se toman en el marco de la Ley 2354 de 2024, mejor conocida como la Ley antivapeo, que busca disminuir el riesgo derivado del consumo de este mecanismo electrónico, y también luego de que se realizaran visitas administrativas en los meses de agosto y septiembre de este año a cerca de 27 establecimientos físicos y plataformas digitales.

“Una vez revisadas las condiciones de comercialización, se identificó que diez proveedores habrían presuntamente vulnerado los derechos de los consumidores y la reglamentación para evitar el acceso de menores de edad a estos productos”, señaló la Dirección de Investigación de Protección al Consumidor de la SIC.
Los implicados en estas investigaciones realizadas por la Superintendencia de Industria y Comercio son el Grupo Divervape S.A.S, My Vape S.A.S, Camilo Andrés Gutiérrez Cardona, Daniel Orlando Muñoz Nieto, Gustavo Medellín Lesmes, Juan Pablo Pedraza Peña, Daniel Alejandro Londoño Henao, Gragon Vape S.A.S., Joseph Steven Russi Pinillos y Jessy Dan Rivera Cardona, todos los cuales se dedican, de una u otra forma, a la distribución de vapeadores en el terrirorio nacional.
Según la Superintendencia, entre las infracciones detectadas tras las visitas están la comercialización con empaques que podrían ser atractivos para los menores, así como la exhibición de tabaco y derivados de este junto a mensajes y elementos que podrían convertirse en un incentivo para la compra de los mismos, a pesar de que hay vigente en estos momentos una prohibición.

Además, se identificaron presuntos incumplimientos al régimen general de protección al consumidor: empaques con información esencial únicamente en el idioma inglés, falta de identificación clara de los proveedores en las plataformas digitales y la omisión de datos clave, como tiempos de entrega y canales de contacto en caso de tener algún reclamo. En algunos establecimientos, incluso, se detectaron fallas en disponibilidad de vueltas correctas al momento del pago por estos productos.
De manera paralela, la Superintendencia expidió la Resolución 106801 de 2015, a través de la cual se ordena a 11 empresas reforzar los controles para impedir la venta de vapeadores a través de Internet.
Las empresas son Dislicores S.A.S., Torres Trillizas S.A.S. (TOTRI), Grupo DIY S.A.S., Bloommart Colombia S.A.S., Compañía Colombiana de Tabaco S.A.S., Vapor Soul S.A.S., C911 Group S.A.S., Almacenes Éxito S.A., Vapor Life Store S.A.S., Mister Hookah S.A.S. y Rappi S.A.S.
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