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Fernando Carrillo, procurador General. | Foto: Colprensa- El País.com.co

CONSEJO DE ESTADO

Procuraduría sí puede investigar y sancionar funcionarios elegidos por voto popular

Según el Procurador, esta labor que realiza el ente de control se encuentra avalada por la Corte Constitucional.

17 de noviembre de 2017 Por: Redacción de El País

Este viernes la Procuraduría General de la Nación aseguró en un comunicado que sí tiene competencia para investigar y sancionar a funcionarios públicos que aunque hayan sido elegidos por elección popular.

Este documento está relacionado con la decisión del Consejo de Estado que revocó la destitución e inhabilidad de 15 años que durante la administración de Alejandro Ordóñez, la Procuraduría impuso al exalcalde de Bogotá Gustavo Petro por irregularidades en el Plan de Ordenamiento de 2013 en Bogotá.

Aunque la Procuraduría respetará el fallo judicial, queda “a la espera de conocer el texto de la sentencia, que tiene efectos inter partes, y la decisión final que tome la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

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También recuerda que la jurisprudencia de la Corte Constitucional reconoce la competencia de la Procuraduría General “para investigar y sancionar disciplinariamente a todos los servidores públicos, incluyendo a los de elección popular – con excepción de aquellos que se encuentren amparados por fuero”.

El documento hace énfasis en que la entidad “mantiene la competencia que el ordenamiento jurídico le atribuye, con apego al debido proceso, para destituir e inhabilitar servidores públicos de elección popular, como herramienta esencial de la lucha contra la corrupción”.

Pronunciamiento

1. Ante la decisión del Consejo de Estado en el caso del exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, conocida a través de comunicado de prensa, la Procuraduría General de la Nación, respetuosa de los fallos judiciales, se declara a la espera de conocer el texto de la sentencia, que tiene efectos inter partes, y la decisión final que tome la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

2. En un momento crucial e histórico en la lucha contra la corrupción, la Procuraduría reconoce en el Consejo de Estado a uno de sus mejores aliados en esta batalla que desde las instituciones se libra, a partir del mandato de la Constitución Política y en representación y con el apoyo de la sociedad.

3. La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha reconocido la competencia de la Procuraduría General de la Nación “para investigar y sancionar disciplinariamente a todos los servidores públicos, incluyendo a los de elección popular – con excepción de aquellos que se encuentren amparados por fuero, es constitucionalmente válida para imponer la sanción de destitución e inhabilidad general, cuando se cometan las faltas gravísimas dolosas o realizadas con culpa gravísima”.

4. En la sentencia SU-355 de 2015 la Corte Constitucional, de manera particular, señaló que: “En materia de la competencia para destituir e inhabilitar servidores públicos – excepto aforados -, incluso de elección popular, se ha configurado la cosa juzgada constitucional. En esa medida, no es posible cuestionar o discutir la validez constitucional de la referida competencia de la Procuraduría”.

5. La Procuraduría General de la Nación mantiene la competencia que el ordenamiento jurídico le atribuye, con apego al debido proceso, para destituir e inhabilitar servidores públicos de elección popular, como herramienta esencial de la lucha contra la corrupción, en momentos en que estos instrumentos no se pueden debilitar.

6. Esta Procuraduría Ciudadana reafirma su compromiso con la defensa de los derechos, las garantías individuales y el orden jurídico.

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