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Para Uber, resolución del Mintransporte no resuelve la problemática del transporte de lujo

Mintransporte reglamentó las plataformas tecnológicas para el transporte público de pasajeros, pero aún quedan muchas inquietudes sobre qué pasará con empresas como Uber.

31 de mayo de 2016 Por: Redacción de El País

Mintransporte reglamentó las plataformas tecnológicas para el transporte público de pasajeros, pero aún quedan muchas inquietudes sobre qué pasará con empresas como Uber.

[[nid:445153;http://contenidos.elpais.com.co/elpais/sites/default/files/imagecache/563x/2015/07/uber-home.jpg;full;{Los vehículos del servicio de transporte de lujo en Colombia deberán ser de color negro y tener una franja lateral a cuadros, de colores blanco y gris que los identifique. Foto: Elpais.com.co | Archivo}]]

Tras la reglamentación hecha por el Gobierno de la prestación del servicio de lujo en la modalidad del transporte público individual de pasajeros, las directivas de Uber en Colombia señalaron que la resolución no resuelve toda la problemática del transporte de lujo en el país. 

“Aunque la reglamentación de taxis de lujo, que define estándares para las empresas de taxi, es un paso inicial para nuevas formas de movilidad en Colombia, la naturaleza del decreto y su resolución reglamentaria restringen esta categoría a los actuales propietarios de taxis amarillos y al sistema de cupos existente”, dijeron.

Agregaron que por este motivo, ningún nuevo jugador puede ofrecer esta modalidad de lujo en las condiciones actuales, ya que los cupos se encuentran monopolizados por particulares y se transan en un mercado informal sin ningún control.

“La tecnología ha creado nuevas oportunidades de emprendimiento para los colombianos, sin discriminación, permitiendo a más de 30.000 conductores acceder a una fuente de ingreso flexible en la cual son libres de elegir su horario y ofreciendo a cientos de miles de usuarios viajes seguros”, destacaron voceros de Uber.

Según el ministro de Transporte,  Jorge Eduardo Rojas Giraldo, esta  es   “una oportunidad para que el servicio de transporte individual se preste con herramientas que faciliten al usuario el acceso al servicio,  mecanismos electrónicos de pago e  información sobre la empresa prestadora y el conductor”.  Pero el funcionario recordó que los vehículos particulares no podrán prestar, bajo ninguna circunstancia, el servicio de transporte público de pasajeros y pidió a todas las personas que están en la modalidad del servicio especial que se abstengan de prestar el servicio individual con vehículos que no están habilitados para este servicio. La Resolución 2163 del 27 de mayo del 2016 lo que establece  son los requisitos que deben cumplir las empresas propietarias de las plataformas tecnológicas, como herramientas para atender el servicio público de lujo.  También abre la opción de alianzas entre compañías de taxis y plataformas, pero no reglamenta a Uber. 
 Los requisitos Las empresas propietarias de plataformas tecnológicas deben cumplir los siguientes requisitos: No podrá iniciarse la operación de las plataformas hasta que se  obtenga la habilitación  por parte de Mintransporte.Para entrar en operación en el nivel de servicio de lujo, la plataforma tecnológica debe acreditar ante la autoridad local su relación con la empresa de transporte habilitada.Los vehículos utilizados para la prestación en el nivel de lujo serán de color negro y deberán cumplir las especificaciones del decreto 2297 de 2015, como la franja a cuadros gris y negro que permitirá identificarlos.Las plataformas tecnológicas serán el soporte de las empresas de transporte, debidamente habilitadas, que harán la gestión y atención del servicio. Deberán tener funcionalidades para calificar al conductor y al usuario, identificar el vehículo, garantizar el monitoreo y el control de la tarifa.Los conductores en el nivel de lujo deberán estar certificados en competencias laborales para el transporte de pasajeros y haber recibido capacitación en atención al usuario.  Las tarifas serán fijadas por la Autoridad local, garantizando la adecuada diferenciación tarifaria entre los mercados de los servicios autorizados en los niveles básico y de lujo.

 

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