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Multan con más de $1 millón a conductores en Colombia por esta práctica común; conozca cuál es
Conozca más de esta norma, para evitar ser multado.
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20 de sept de 2025, 04:15 p. m.
Actualizado el 20 de sept de 2025, 04:15 p. m.
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Toda persona que se movilice en un vehículo por las carreteras de Colombia debe cumplir estrictamente con las normas establecidas en el Código Nacional de Tránsito Terrestre, el documento que rige a lo largo y ancho del territorio nacional en materia de movilidad.
Entre las normas que ordena el ente regulador se encuentra una que es bastante ignorada por la mayoría de los conductores, sin importar si es moto o carros: el curso que se hace obligatorio para obtener la licencia de conducción.

Si bien entró en rigor hace pocos años, en la actualidad es necesario presentar un curso de conducción que avale la idoneidad de la persona que aspire a obtener una licencia. Antes, cabe mencionar, no era necesario presentar esta prueba, pues bastaba con que la persona asegurara tener estos conocimientos para obtener el documento.
Pero ahora las autoridades han endurecido su postura frente a este hecho. Según el artículo 19 del Código Nacional de Tránsito, enmarcado en la ley 769 del 2002, para la obtención de la licencia de conducir se deben acreditar antes una serie de requisitos:
- Saber leer y escribir
- Tener 16 años cumplidos.
- Aprobar exámenes teóricos y prácticos de conducción para vehículos particulares. Esto se debe obtener ante las autoridades públicas o privadas que se encuentren debidamente registradas en el sistema RUNT.
- Obtener un certificado de aptitud en conducción otorgado por un centro de enseñanza automovilística registrado ante el RUNT.
- Presentar certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir expedido por una Institución Prestadora de Salud o como un Centro de Reconocimiento de Conductores, registrado también ante el RUNT.

De otra parte, el artículo en mención explica que “la licencia de conducción será otorgada por primera vez a quien cumpla con todos los requisitos descritos en el artículo 19 de este código”.
Tome nota de esta información, en caso de que esté interesado en sacar su licencia de conducción, pues el costo si las autoridades llegan a inmovilizarle el vehículo dependerá del valor de la grúa y el número de días que pase su vehículo en el patio.
Esta información cobra importancia debido a las recientes acciones por parte de la Secretaría de Movilidad, que en Cali ha adelantado retenes en donde se les ha pedido a los conductores estar con los papeles al día. Y no son pocas las imágenes de motos y carros detenidos, con destino a los patios, lugar del cual sacarlos suele convertirse en un dolor de cabeza para el bolsillo de estos conductores.

Comunicador Social y Periodista con sensibilidad por las artes, las humanidades y la cultura. Con larga experiencia en la cobertura de la realidad social, tanto regional como nacional. Interesado en cubrir fenómenos de medioambiente, posconflicto y DD.HH.
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