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“Mindefensa debe decidir qué estaciones mover del casco urbano”: magistrado Pazos

Así lo indicó el magistrado Ramiro Pazos Guerrero a Blu radio. Aclaró que el fallo, en el que se condena a la Nación por un ataque guerrillero en Arauca, es una reiteración de jurisprudencias pasadas del Consejo de Estado.

21 de enero de 2014 Por: Elpais.com.co

Así lo indicó el magistrado Ramiro Pazos Guerrero a Blu radio. Aclaró que el fallo, en el que se condena a la Nación por un ataque guerrillero en Arauca, es una reiteración de jurisprudencias pasadas del Consejo de Estado.

Al explicar los alcances del fallo que sentenció que las estaciones de Policía no pueden estar ubicadas en zonas que pongan en riesgo a la población aledaña, el magistrado Ramiro Pazos Guerrero dijo en Blu radio que el Ministro de Defensa tiene plena identificación de las zonas rojas en el país, donde ha habido varias incursiones guerrilleras, y por ende es quien debe decidir qué estaciones deben moverse del caso urbano. El Magistrado precisó, sin embargo, que el fallo es una reiteración de jurisprudencias pasadas del Consejo de Estado, Sección Tercera, y no es una novedad. La reiteración se hace luego de condenar a la Nación, representada en la Policía Nacional, por los perjuicios ocasionados en una iglesia, un colegio y en la casa cural de Puerto Rondón (Arauca), durante los ataques de la guerrilla en marzo, septiembre y diciembre de 1999. “En los últimos 20 años se ha constatado que algunas estaciones están ubicadas en pleno centro urbano, es decir en medio de la población. Y por la situacion del conflicto armado que ha vivido el país por tantos años, las estaciones de Policía han sido flancos de ataques de la insurgencia. En consecuencia, cuando se produce un ataque armado también queda afectado todo el radio de acción que afecta a la población civil tanto en su integridad como sus bienes”, dijo a Blu radio el consejero de Estado. Por ello consideró importante que las estaciones estén ubicadas en lugares no tan aledaños al centro poblacional “porque indudablemente salen afectados”. Esto no significa, dijo, que en zonas como Puerto Rondón, la Policía se aleje de las población porque “por el contrario es su obligacion legal brindarle protección”.El Magistrado también reconoció que hay casos donde el Estado y el Ministerio de defensa han tenido en cuenta lo solicitado por esta jurisprudencia. “Hubo una época que eran atacados los CAI. Entonces ahora uno ve que están en parques u otros sitios que permiten una mejor respuesta a la defensa que estar en medio de un círculo de edificaciones urbanas”.Vea aquí el documento completo de la sentencia .

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