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El esposo de Valentina quería pedir unas muestras pequeñas  de esos carritos para empezarlos a comercializar en jugueterías en el país en navidad, pero al llegar tarde el pedido  no sabían qué hacer con esos artículos. Foto: Juan Lozano @Walkscapades
La Corte Constitucional resuelve un divorcio en el que hay de por medio una mascota. (Imagen de referencia). | Foto: Juan Lozano @Walkscapades

Colombia

¿Las mascotas son familia? Divorcio lleva a la Corte Constitucional a debatir sobre este tema

El alto tribunal se prepara para una audiencia pública, que se desarrollará este viernes. La idea es, al resolver una acción de tutela, sentar un precedente judicial que le sirva de interpretación a la justicia colombiana.

10 de noviembre de 2023 Por: Redacción El País

La Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional convocó a una audiencia pública técnica para resolver una acción de tutela derivada “de la doble connotación que ostentan los animales de compañía”.

La idea del alto tribunal, representado esta vez por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, es determinar “cuáles son los principales retos o problemas jurídicos” que existen al entender a las mascotas como seres sintientes y, a la vez, bienes respecto a los que “se predican derechos reales”, como la propiedad o la facultad de poseerlas.

La sesión técnica se desarrollará este viernes, 10 de noviembre, en las instalaciones del Palacio de Justicia Alfonso Reyes Echandía. La idea es que asistan expertos y representantes de entidades estatales, para que la Corte pueda no solo decidir sobre la tutela, sino establecer criterios argumentativos para que la justicia del país se guíe en casos similares.

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La Corte documentó arios crímenes en contra de los firmantes del Acuerdo de Paz.
La Corte documentó arios crímenes en contra de los firmantes del Acuerdo de Paz. | Foto: Colprensa

Todo comenzó en Melgar (Tolima). Una mujer, a quien la Corte llama Patricia, empezó en marzo de 2019 una relación sentimental extramatrimonial con un hombre, a quien el Tribunal llama Carlos. Carlos estaba casado desde 2016 con otra señora, llamada Luisa, por la alta corte.

En 2015 y 2016, Carlos recibió dos perros, Aurelio y Virgilio, que dejó al cuidado de sus padres en Bogotá, pues él se desempeña como oficial del Ejército y no puede estar del todo pendiente.

Cuando Luisa y los padres de Carlos se enteraron de que él tenía una relación fuera de su matrimonio, decidieron no cuidar más de los perros. Por eso, desde enero de 2020, cuenta Patricia, permanecen bajo su custodia, en un hogar en el que en febrero de 2021 nació Camilo, hijo de ella con Carlos.

Luisa interpuso una demanda de divorcio en agosto de 2021. El documento llegó a un Juzgado de Familia de Melgar, que le notificó sobre el proceso a Carlos en enero de 2022. Ese mismo despacho decretó, en julio del 2022, una medida cautelar con la que se ordenó el embargo y secuestro de los perros Aurelio y Virgilio.

Patricia decidió interponer una tutela, que en primera instancia fue negada por un Tribunal Superior y en segunda, por la Corte Suprema de Justicia. La Corte Constitucional, luego, decidió revisarla.

“Aunque afirmó no conocer el contenido de la providencia judicial, reclamó que el juzgado no tuvo en cuenta el vínculo afectivo que existe entre estos y su hijo, así como la naturaleza de seres sintientes e integrantes de su familia y no de meros bienes, como fueron tratados al ordenar su embargo y secuestro”, reseñó la Constitucional en el auto en el que convocó a la audiencia pública de mañana.

Si se llegaran a llevar a los perros, dijo la demandante, el efecto en el hijo menor de ella podría ser nocivo para su salud física y emocional, pues se podrían intensificar varios episodios de estrés y ansiedad al separarse de los caninos.

Perro
La cuestión de si es malo o no dejar que el perro duerma en la cama de las personas es un tema que ha generado opiniones divididas entre amantes de los perros, propietarios de mascotas y expertos en comportamiento animal. | Foto: Getty Images

Además, “señaló que la medida cautelar decretada desconoce la obligación del Estado y la sociedad de asistir y proteger a los animales ante situaciones que pongan en peligro su vida, su salud o su integridad física, puesto que su materialización representa para ellos ‘un desequilibrio emocional, por la variación de los estímulos a los que se verán sometidos’”.

Por último, Patricia sostuvo dos puntos principales. El primero, que Virgilio y Aurelio hacen parte de su núcleo familiar junto a Carlos y su hijo, así que limitar el concepto de familia solo a personas o relaciones de parentesco, “resulta discriminatorio y desconoce que la diversificación de las familias es una nueva realidad social”.

El segundo, que, incluso si se consideraran bienes a los animales, ya habían sido donados a Carlos, por lo que no cabía la idea de quitárselos como si fuesen parte de una sociedad conyugal. “En similar sentido, apuntó que la citada demandante nunca se interesó por los perros con anterioridad a la presentación de la demanda de divorcio y al solicitar las medidas cautelares no los tuvo en cuenta como seres sintientes, sino como bienes”.

Ahora, la Corte tendrá la última palabra. Pero, como la idea no es solo pronunciarse frente al caso concreto, el alto tribunal busca argumentos que pudiesen aplicarse a otros procesos similares. Es decir, el objetivo de la Constitucional es determinar si para la justicia las mascotas son parte de un núcleo familiar o si, siendo seres sintientes, son también bienes. O ambas.

Un precedente similar

Uno de los invitados a la audiencia de este viernes como experto para ayudar a encontrar argumentos es el magistrado del Tribunal de Bogotá, Carlos Andrés Guzmán Díaz. A mediados de octubre, el despacho de Guzmán resolvió que los animales de compañía hacen parte de un nuevo tipo de familia: la familia multiespecie.

En su momento, todo comenzó con una demanda de regulación de visitas que un ciudadano llamado Jader Castaño interpuso para visitar a quien considera su ‘hija perruna’, una canina llamada Simona, quien permanece bajo el cuidado de su expareja, Lina Ochoa.

Una mujer y un niño bañando a su mascota con una manguera, mientras, el se sacude del agua.
Una mujer y un niño bañando a su mascota con una manguera, mientras, él se sacude del agua. | Foto: Getty Images

Antes de que el Tribunal de Bogotá decretara que las mascotas realmente son parte de una familia, Jader y Lina se sentían identificados con esa postura. Por un lado, él consideraba a Simona “su hija perruna”, así que quería visitarla regularmente; por otro, ella creía que el bienestar emocional de la animal se afectaba si el contacto con él era recurrente.

El papá humano de Simona alegó que tenía derecho a que prevaleciera “ese vínculo de cariño y afecto hacia su hija perruna” y que el alejarse de la perrita le había afectado sus condiciones de vida. La mamá humana, por su parte, defendió la tesis de que las visitas afectaban emocionalmente a Simona.

Lina Ochoa, madre de Simona, no ha podido pronunciarse en propiedad frente al caso porque la demanda de regulación de visitas no ha iniciado su trámite regular, puesto que un juzgado civil y otro de familia le atribuían el proceso al otro, lo que terminó en un pronunciamiento final del Tribunal.

En octubre de 2022, el Juzgado Tercero de Familia de Bogotá dijo que no era competente para estudiar el recurso interpuesto por el papá de Simona. Según argumentó el juez, la regulación de visitas de las mascotas no está contemplada en sus deberes, que están enumerados en el Código General del Proceso.

Para no dejar que el asunto se estancara, lo remitió a los juzgados civiles. Por reparto, la demanda llegó al Juzgado 27 Civil del Circuito de la capital del país. En julio de 2023, ese juez dio otro pequeño paso para reconocer a los animales, como Simona, como parte de una familia.

El juzgado civil, a su turno, planteó que los animales son sujetos de derecho cuyo bienestar se podría afectar con la separación de la pareja que los adoptó. Por eso, para iniciar por fin la definición del régimen de visitas a Simona, propuso un conflicto de competencias, un mecanismo usado en el derecho para definir qué ente judicial debe tomar una decisión en un caso, dependiendo de las circunstancias de cada evento y de lo que diga la ley.

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Descubra quién se queda con el dinero de una cuenta bancaria tras la muerte del titular. | Foto: Getty Images

Cuando el Tribunal, al resolver el conflicto, hizo un recorrido histórico sobre la consideración de las mascotas, estableció que a los animales en cierto momento se les dio un trato inhumano, “pues no contaban con medidas de protección y su propietario podía disponer de ellos como considerara”.

Sin embargo, con el avance del tiempo y de las normas, a los animales se les comenzó a considerar como seres sintientes a los que se les debe garantizar bienestar. A partir de 2016, la legislación comenzó a proteger a las mascotas, pero “no perdieron su estatus de propiedad dentro del ordenamiento jurídico”, Es decir, las personas aún podían —y pueden— ser dueños de animales, pero deben garantizarles bienestar.

“Pero la sociedad, al igual que los tiempos, ha cambiado”, subrayó el Tribunal.

La Sala Mixta del ente judicial determinó que en la actualidad el rol de los animales en los núcleos familiares es distinto, tanto, que actualmente se les considera integrantes de la familia, en medio de una categoría que el Tribunal definió como “familia multiespecie”, en la que conviven los humanos y las mascotas.

Alerta ante el Secuestro de Animales: Pasos Esenciales para Reaccionar.
Enfrentando el Secuestro de Mascotas: Pasos Cruciales para Actuar. | Foto: Getty Images/iStockphoto

“El derecho debe evolucionar con la sociedad y, cuando el principio de legalidad lo permita, debe adaptarse a las necesidades actuales. No reconocer la protección de la familia multi-especie sería desconocer la mejor y actual interpretación de la Constitución Política”, destacó el Tribunal.

“El planteamiento de esta decisión se basa en los vínculos afectivos que surgen entre seres que sienten, con ocasión de la conformación de una familia, por lo cual, la demanda para la regulación de visitas de Simona, interpuesta por Jader Alexis Castaño en contra de Lina María Ochoa Bustamante le corresponde al Juzgado Tercero de Familia”, insistió el ente judicial.

Con información de Colprensa

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