Colombia
Divorcio en Colombia: proyecto de ley propone repartir hasta el 50 % de la pensión con la expareja
Un proyecto de ley radicado en el Senado propone que el cónyuge que se dedicó durante al menos 20 años al hogar y no logró pensionarse pueda recibir hasta el 50 % de la mesada de su expareja, si cumple una serie de requisitos.
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10 de sept de 2026, 03:25 p. m.
Actualizado el 10 de sept de 2026, 03:25 p. m.
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Un proyecto de ley que avanza en el Senado de la República plantea un cambio en las condiciones económicas que pueden establecerse durante un divorcio, la iniciativa propone que, bajo determinadas circunstancias, una persona pueda recibir hasta el 50 % de la pensión de su expareja como una cuota de sostenimiento.
La propuesta fue radicada en el Senado el pasado 27 de julio y todavía se encuentra en trámite, por lo que no se trata de una medida que actualmente obligue a los pensionados a entregar la mitad de su mesada, su eventual aplicación dependería de que el proyecto complete su trámite legislativo y sea aprobado.

La iniciativa busca proteger principalmente a quienes dedicaron buena parte de su vida al trabajo doméstico y al cuidado del hogar o de los hijos sin realizar aportes suficientes al sistema de seguridad social para obtener una pensión.
De acuerdo con el proyecto, la persona que pretenda acceder a este beneficio tendría que haber dedicado 20 años o más al cuidado del hogar, las labores domésticas o el cuidado de los hijos y, como consecuencia de esa dedicación, no haber realizado aportes al sistema de seguridad social en pensiones como trabajador dependiente o independiente.
La propuesta establece que la cuota de sostenimiento podría ser fijada por un juez y alcanzar hasta el 50 % de la pensión del cónyuge considerado responsable de la causal de divorcio. El pago saldría directamente de la mesada pensional y, una vez ejecutoriada la sentencia de divorcio, el juez podría ordenar al fondo de pensiones realizar el desembolso mensual.
El proyecto contempla que esta posibilidad podría aplicarse sobre pensiones de vejez e invalidez, así como sobre asignaciones de retiro a cargo del régimen solidario de prima media con prestación definida o del régimen de ahorro individual con solidaridad. También incluye las asignaciones provenientes de las cajas de retiro de las Fuerzas Armadas.

Sin embargo, el acceso al beneficio no sería automático, la persona que solicite la cuota tendría que cumplir varias condiciones establecidas en la propuesta.
Entre ellas está no haber incurrido en las causales de divorcio contempladas en el artículo 154 del Código Civil, no haber realizado aportes suficientes para acceder a determinadas prestaciones pensionales y haber dedicado al menos dos décadas al trabajo doméstico o al cuidado de los hijos.
Además, tendría que haber iniciado oportunamente el trámite de divorcio o la declaración y disolución de la unión marital de hecho, otro requisito planteado es no contar con rentas o pensiones que generen ingresos superiores a un salario mínimo mensual vigente.
Por ahora, la propuesta continúa su trámite en el Congreso y deberá superar las diferentes etapas legislativas antes de convertirse eventualmente en una obligación.
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