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Según la entidad, actualmente Cisa tiene 24.034 obligaciones procedentes de la compra de cartera a Icetex en 2017, las cuales servirán de base para este plan de alivios. | Foto: Foto: Colprensa

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Corte protegió a joven a quien el Icetex le negó el subsidio de sostenimiento

En primera instancia, el Juzgado Sexto Penal del Circuito de Bogotá negó las pretensiones de la demanda, al considerar que el joven no solicitó el subsidio en su momento y que, además, no probó un perjuicio grave, inminente y urgente.

3 de enero de 2023 Por: Colprensa

Cristian Andrés Rozo es el joven estudiante de derecho que inició una acción de tutela contra el Icetex, luego que se le negara su derecho al subsidio de sostenimiento.

Rozo solicitó un crédito para comenzar a estudiar derecho en la Universidad Católica, fue beneficiado y todo iba bien hasta que una serie de acontecimientos le obligaron a detener sus estudios. Al asumir los gastos médicos de su madre y el cuidado, por problemas económicos, fue insostenible seguir.

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Luego de regresar a sus estudios en la universidad, y antes de que se muriera su madre, el joven solicitó una visita domiciliaria del Sisbén y acceder al subsidio de sostenimiento. Al perder su empleo y seguir con los gastos médicos de su madre y sus estudios, el joven fue catalogado como persona en condición de pobreza moderada.

Con estos documentos, Cristian solicitó al Icetex el reconocimiento al subsidio de sostenimiento, pero la entidad lo negó, con el fundamento de que dicha solicitud solo se otorga en la etapa de adjudicación del crédito y el joven no realizó la solicitud.

En primera instancia, el Juzgado Sexto Penal del Circuito de Bogotá negó las pretensiones de la demanda, al considerar que el joven no solicitó el subsidio en su momento y que, además, no probó un perjuicio grave, inminente y urgente.

Frente a esto, la Corte resolvió revocar la decisión del juzgado, al determinar que se negó el amparo de los derechos fundamentales del ciudadano y, en su lugar, proteger los derechos al debido proceso y mínimo vital.

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También se ordenó al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios en el Exterior que en un plazo de diez días reconsidere la decisión al estudiar la situación de vulnerabilidad del estudiante y determinar si tiene o no derecho de recibir el subsidio de sostenimiento.

Sobre el porqué no ordenó al Icetex el pago del subsidio, la Corte aseguró que “la condición de pobreza es un requisito necesario para acceder a la ayuda económica, pero no es un requisito suficiente para tales fines”.

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